C FOOD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2019
- Repertorio
- 5044-19
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLOVIS TORO CAMPOS, Notario Titular 13° Notaría de Santiago, con oficio en Compañía N°1312, certifico: por escritura pública de fecha 23 de Julio de 2019, Repertorio 5044-19, ante mí, Doña VALERIA PAZ SAN MARTIN SAN MARTIN, domiciliada en calle General Ordoñez N°458-B, Maipú, Don MAURO ENRIQUE PÉREZ BARAHONA y Doña BRENDA SILVINA SANTOS, ambos domiciliados en Catedral N°3058, depto. Nº302, Santiago, modificaron la sociedad “SOCIEDAD SAN MARTIN Y PEREZ LIMITADA”, constituida el 22 de febrero de 2019, ante notario de Santiago, don Clovis Toro Campos, inscrita a Fojas 17.387, Nº8946, del Registro de Comercio de Santiago del año 2019, en los siguientes aspectos: 1) Se retira de la sociedad doña VALERIA PAZ SAN MARTIN SAN MARTIN, vendiendo y cediendo 20% de sus derechos sociales a doña BRENDA SILVINA SANTOS y el 30% de sus derechos sociales a don MAURO ENRIQUE PÉREZ; 2) Quedan cómo únicos socios doña BRENDA SILVINA SANTOS, con un 20% del haber social y don MAURO ENRIQUE PÉREZ, con un 80% del haber social. 3) Los socios acuerdan cambio de razón social a “C FOOD LIMITADA” 4) Los socios acuerdan el aumento del capital social de $6.000.000.- a $9.000.000.- 5) La administración de la sociedad, su representación legal y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios de manera conjunta, separada e indistintamente. 6) Reemplazan la cláusula Segunda del pacto social estableciendo que la razón social será C Food Limitada. 7) Reemplazan la cláusula quinta del pacto social estableciendo que la administración, representación legal y uso de la razón social corresponderá a ambos socios de manera conjunta, separada o indistintamente. 8) Reemplazan la cláusula sexta del pacto social estableciendo que el capital social es de $9.000.000.- que los socios aportaron y enteraron en dinero efectivo a caja social de la siguiente forma: a) Mauro Enrique Pérez Barahona, $7.200.000.- y b) Brenda Silvina Santos, $1.800.000.- En lo no modificado rigen estipulaciones contenidas en escritura social primitiva, especialmente en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Santiago a 05 de Agosto de 2019.