CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS MÉDICOS RINGLER BURGOS SpA

CVE 1634687
Capital
$300.000 CLP
Fecha instrumento
7 de agosto de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
7 de agosto de 2019
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$300.000 CLP
Domicilio
Temuco
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La prestación de toda clase de servicios profesionales en el área médica, especialmente en el área de la medicina general, cirugía, Ginecología y Obstetricia, y en el área de la salud en general, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o en convenio con empresas u otros organismos privados, servicios de orden público, municipales, fiscales o semifiscales; b) Ejercer docencia en las áreas ya señaladas, impartiendo clases, cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios, y otros de divulgación y especialización científicas, en Universidades, Institutos, Instituciones Públicas o Privadas en general y de cualquier naturaleza; c) Para las actividades anteriores la sociedad podrá realizar todo tipo de diligencias pudiendo establecer Centros médicos, de Diagnóstico y Tratamiento, así como de exploración médica y terapéutica, procedimientos de estudio y toda actividad afín que se acuerde en lo sucesivo; d) En general, cualquier actividad que se relacione directa o indirectamente con los fines antes descritos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha treinta y uno de Julio de dos mil diecinueve, ante mí, doña CHRISTI VERÓNICA RINGLER BURGOS, chilena, médico cirujano con especialidad en Ginecología y Obstetricia, soltera, cédula de identidad número dieciséis millones setecientos noventa y cinco mil ciento cuarenta y siete guion tres, domiciliada en Avenida Pedro de Valdivia número cero trescientos noventa, departamento número quinientos tres, torre cuatro, de la comuna y ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, constituyó sociedad por acciones.- NOMBRE SOCIAL: “SERVICIOS MÉDICOS RINGLER BURGOS SpA”, nombre de fantasía “RINGLER BURGOS SpA”. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: La sociedad será administrada exclusivamente por doña CHRISTI VERÓNICA RINGLER BURGOS, ya individualizada. CAPITAL: $300.000.- dividido en cien acciones de una sola serie y sin valor nominal, se suscribe y paga totalmente de la siguiente manera: La accionista doña CHRISTI VERÓNICA RINGLER BURGOS, suscribe el cien por ciento de las acciones, equivalentes a TRESCIENTOS MIL PESOS que paga en acto escritura. Por tanto, las acciones se encuentran totalmente suscritas y pagadas. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de toda clase de servicios profesionales en el área médica, especialmente en el área de la medicina general, cirugía, Ginecología y Obstetricia, y en el área de la salud en general, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o en convenio con empresas u otros organismos privados, servicios de orden público, municipales, fiscales o semifiscales; b) Ejercer docencia en las áreas ya señaladas, impartiendo clases, cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios, y otros de divulgación y especialización científicas, en Universidades, Institutos, Instituciones Públicas o Privadas en general y de cualquier naturaleza; c) Para las actividades anteriores la sociedad podrá realizar todo tipo de diligencias pudiendo establecer Centros médicos, de Diagnóstico y Tratamiento, así como de exploración médica y terapéutica, procedimientos de estudio y toda actividad afín que se acuerde en lo sucesivo; d) En general, cualquier actividad que se relacione directa o indirectamente con los fines antes descritos.- DURACION: La sociedad durará indefinidamente a contar fecha escritura. DOMICILIO: Temuco, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 07 de Agosto de 2019.