CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES Y SERVICIOS MÉDICOS SAN JOSÉ SpA

CVE 1634324
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
1 de agosto de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
1 de agosto de 2019
Repertorio
23192
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad es: a) la explotación, administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios de fondo nacional de salud o institutos de salud previsional; servicios de bienestar y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clases de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; c) asesoramiento empresarial y en materia de gestión; y d) en general, cualquier tipo de negocio que los socios acordaren, relacionado con su

Administración

le corresponderá a don ÓSCAR AUGUSTO MOLLO ALONZO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en calle La Concepción N° 65, segundo piso, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 01 de Agosto de 2019, ante mí, Repertorio Nº 23.192, don ÓSCAR AUGUSTO MOLLO ALONZO, doña JOHANNA ELIZABETH ROSALES QUIÑONES, doña JEANETT DEL PILAR RAMÍREZ LÓPEZ, doña SANDRA CHOQUE MAMANI, doña ANGÉLICA TERESA AYAVIRI SILVESTRE, todos domiciliados en Amunategui número ochocientos diez, departamento mil doce, comuna y ciudad de Santiago, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “INVERSIONES Y SERVICIOS MÉDICOS SAN JOSÉ SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad es: a) la explotación, administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios de fondo nacional de salud o institutos de salud previsional; servicios de bienestar y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clases de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; c) asesoramiento empresarial y en materia de gestión; y d) en general, cualquier tipo de negocio que los socios acordaren, relacionado con su giro. Capital: $1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución, de contado y en dinero efectivo por los accionistas comparecientes de la forma que se indica A) don ÓSCAR AUGUSTO MOLLO ALONZO, suscribe 20 acciones; B) doña JOHANNA ELIZABETH ROSALES QUIÑONES, suscribe 20 acciones; C) doña JEANETT DEL PILAR RAMÍREZ LÓPEZ, suscribe 20 acciones; D) doña SANDRA CHOQUE MAMANI, suscribe 20 acciones; E) doña ANGÉLICA TERESA AYAVIRI SILVESTRE, suscribe 20 acciones. Administración: le corresponderá a don ÓSCAR AUGUSTO MOLLO ALONZO. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 02 de Agosto de 2019.