ARLO ACEROS SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2019
- Repertorio
- 9146/2019
- Notario
- HERNAN CUADRA GAZMURI
- Oficio
- 1ª Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNAN CUADRA GAZMURI, Notario Público 1ª Notaria Santiago, Oficio Huérfanos 1160, Of. 101 y 102, Stgo. certifico: Por escritura pública de fecha 23/07/2019, bajo el repertorio Nº 9.146/2019, ante mí, don CLAUDIO ALBERTO ROJAS ROMO, chileno, casado, trabajador independiente, C.I. N° 8.950.869-K, domiciliado en calle Echaurren 321, comuna de Santiago, Región Metropolitana; y don DAVID ANTONIO URQUIDI TOLEDO, chileno, soltero, C.I. N° 18.120.636-5, domiciliado en calle El Sauzal 512, comuna de Estación Central, Región Metropolitanaña, modifican sociedad por acciones “ARLO ACEROS SpA”, nombre de fantasía “ARLO SpA” RUT: 76.622.929-8, Constituida por escritura pública de fecha 3 de Octubre del año 2016, otorgada en la Primera Notaría de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 74072 número 39877 del Registro de Comercio, año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicado en el Diario Oficial con fecha 15 de octubre del año 2016.- CAPITAL SOCIAL: $6.000.000.- MODIFICACIÓN. Los actuales socios, acuerdan la modificación de la presente sociedad en el siguiente sentido: a) Se modifica el artículo cuarto de la escritura de constitución social, por el siguiente: ARTÍCULO CUARTO: La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura, y su duración será indefinida. b) Se modifica la facultad treinta y uno del artículo décimo tercero por la siguiente: Treinta y uno) Otorgar mandatos y poderes generales o especiales, pudiendo otorgar a su vez a los mandatarios y apoderados, la facultad de conferir mandatos y revocarlos, modificarlos y delegar por escritura pública en todo o en parte sus atribuciones de administración o los poderes o representaciones que la sociedad detente de terceros, en cualquier persona natural o jurídica.-Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 23 de Julio de 2019.