TRANSPORTES Y COMERCIAL CANOPUS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de julio de 2019
- Notario
- CLAUDIA MARCELA GÓMEZ LUCARES
- Oficio
- 50° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIA MARCELA GÓMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público Titular 50° Notaria de Santiago, oficio Teatinos 371, oficina 113, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 08/07/2019, ante mí, LORENA MARCELA CERDA LAGUNAS y FERNANDO ANDRES DAZAROLA LEICHTLE, en representación de ALFREDO CERDA LAGUNAS. Transforman sociedad de responsabilidad limitada “Transportes y Comercial Canopus Limitada” en sociedad por acciones “Transportes y Comercial Canopus SpA”. Objeto de la sociedad: a) El transporte naviero y terrestre en todas sus formas, comprendiéndose el transporte oceánico o de cabotaje, transporte de vías de navegación interior, servicios relacionados con el transporte por agua, carga y descarga de buques; b) asesorías en comercio exterior; transporte de carga por carretera; c) la prestación de servicios integrales para las actividades de embarcadores, chartering o arrendamiento de naves, brokerage y transporte mutimodal de carga a través del mundo como NON Vessel Operating Carrier (NVOCC) y, en general, todas las actividades relacionadas con el movimiento de carga hacia o desde Chile, o de cualquier otro punto del planeta, actuando como operadores de transporte multimodal o embarcadores, sin más limitación que las que dispone la ley, servicios anexos a la carga, inspecciones a la carga, surveys, consolidaciones, supervisiones de carga, estiba, desestiba, trámites documentales, paletizaje, embalaje, almacenaje, capacitaciones, distribución y logística; d) proveeduría en general de insumos, repuestos, servicios y venta de toda clase de productos y shipshandler a naves o buques nacionales o extranjeros; e) la compra, venta, comercialización en general, distribución, importación y exportación de toda clase de productos electrónicos, eléctricos y otros para fines publicitarios y marketing; la realización de todo tipo de negocios, actos y contratos conducentes a los fines enunciados; y demás productos de la explotación a cualquier título de giro y afines en general, realizar todo objeto que tenga relación directa o indirecta con los fines señalados en la forma más amplia que se deba entender y comprender, f) y en general cualquier acto o negocio que los socios de común acuerdo determinen. El capital de la Sociedad, ascendente a un millón de pesos se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 29/07/2019.-