MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones del Sur Limitada

RUT 78855040-5 CVE 1633506
Capital
$7.022.145.137 CLP
Fecha instrumento
11 de julio de 2019
Notaría
San Miguel

Instrumento

Fecha
11 de julio de 2019
Repertorio
4026/2019
Notario
JORGE REYES BESSONE
Oficio
Notaría de San Miguel
Comuna
San Miguel

Sociedad

Capital
$7.022.145.137 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A modo de ejemplo, la sociedad podrá obtener rentas de bonos y debentures o títulos de crédito; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen actividades en el país; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, otro tipo de actividades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, Abogado, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, comuna de San Miguel, región metropolitana, certifico: Que por escritura pública de fecha 11 de julio de 2019, repertorio N° 4026/2019, ante mí, Jorge Andrés Varela Peddar y Carolina María Barros Noguera, ambos en calidad de actuales y únicos socios de Inversiones del Sur Limitada, sociedad absorbente; actuales y únicos accionistas de Inversiones del Sur Dos SpA; actuales y únicos socios de Inversiones del Sur Tres Sociedad Colectiva Civil y en calidad de actuales y únicos accionistas de Inversiones Arrayán SpA, sociedades absorbidas, todos domiciliados para estos efectos en Sendero El Mirador N° 2.250, Lo Barnechea, Santiago, acordaron: Uno. La fusión mediante incorporación de Inversiones Del Sur Dos Spa, Inversiones Del Sur Tres Sociedad Colectiva Civil y de Inversiones Arrayán Spa en Inversiones Del Sur Limitada, siendo esta última la sobreviviente, mediante la incorporación de todos sus activos y pasivos, al patrimonio de la sociedad absorbente, que, a su vez, será la sucesora legal de las sociedades absorbidas, sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones, y disolviéndose las sociedades absorbidas sin que proceda su liquidación. Dos. Como resultado de la fusión, se acuerda aumentar el capital de Inversiones Del Sur Limitada, que asciende a la suma de $4.895.013, en la suma de $7.017.250.124, aumento de capital que se entenderá pagado mediante la incorporación a la sociedad absorbente del capital de las sociedades absorbidas conforme a los balances no auditados y al informe pericial de las sociedades, quedando fijado en la suma de $7.022.145.137. Tres) Como resultado de la fusión, los comparecientes acuerdan reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales de Inversiones Del Sur Limitada, por el siguiente: Artículo Quinto. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $7.022.145.137, íntegramente aportado por los socios en la siguiente proporción: a) Jorge Andrés Varela Peddar, participa en un 80% de los derechos sociales, equivalente a $5.617.716.110; y b) Carolina María Barros Noguera, participa en un 20% de los derechos sociales, equivalente a $1.404.429.027.” Cuatro) Asimismo, Jorge Andrés Varela Peddar y Carolina María Barros Noguera, luego de los acuerdos señalados previamente, acuerdan transformar Inversiones del Sur Limitada en una sociedad por acciones, cuyos estatutos son los siguientes: Nombre: Inversiones del Sur SpA; Objeto social: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A modo de ejemplo, la sociedad podrá obtener rentas de bonos y debentures o títulos de crédito; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen actividades en el país; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, otro tipo de actividades. Capital: $7.022.145.137, dividido en 7.022.145 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones escritura extractada. Inversiones del Sur Limitada, inscrita a fojas 55.742, número 38.804, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2010. Inversiones del Sur Dos SpA, inscrita a fojas 55.743, número 38.805, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2010. Inversiones Arrayán SpA inscrita a fojas 84.373, número 45.427, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2016. Santiago, 31 de julio de 2019.