BRUNO ANTONIO MARCHIONI BRUN Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2019
- Repertorio
- 1513-2019
- Notario
- RODRIGO IGNACIO SEPÚLVEDA GÓMEZ
- Oficio
- 6° Notaria de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $4.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO IGNACIO SEPÚLVEDA GÓMEZ, Notario Público de la 6° Notaria de Temuco, con asiento en la Comuna de Padre Las Casas, Maquehue N°1244, de Padre Las Casas, Certifico: Por escritura de hoy, ante mi, Repertorio N°1513-2019 ante mí, doña IRENE ROSARIO COLPO JIMENEZ, doña CAROLINE DEL ROSARIO MARCHIONI COLPO, don MARCO ANTONIO MARCHIONI COLPO y don BRUNO HERALDO MARCHIONI COLPO todos domiciliados en el sector Faja Maisán, de la comuna de Pitrufquén, modificaron la sociedad “BRUNO ANTONIO MARCHIONI BRUN Y COMPAÑÍA LIMITADA” RUT 79.705.310-4, Capital $4.500.000.- inscrita a fojas 4 vuelta N° 4 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén año 1988, en el siguiente sentido: 1) Don MARCO ANTONIO MARCHIONI COLPO y don BRUNO HERALDO MARCHIONI COLPO, con el expreso consentimiento de los restantes socios, venden, ceden y transfieren totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 32% de derechos sociales a doña IRENE ROSARIO COLPO JIMENEZ quien los compra, adquiere y acepta para sí.- 2) La sociedad queda constituida por doña IRENE ROSARIO COLPO JIMENEZ en un ochenta y cuatro por ciento del capital social y por la socia doña CAROLINE DEL ROSARIO MARCHIONI COLPO, en un dieciséis por ciento del capital social.- 3) Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en la misma proporción de los derechos sociales que les corresponde y limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- 4) Las socias doña IRENE ROSARIO COLPO JIMENEZ, doña CAROLINE DEL ROSARIO MARCHIONI COLPO pactan que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambas socias, quienes actuado conjunta o separadamente, representarán y obligarán a la sociedad, con las facultades contenidas en el pacto social, con la especial facultad de autocontratar.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- En todo lo no modificado se mantiene vigente pacto social.- Padre Las Casas, 23 de julio de 2019.