AGRÍCOLA EL RECURSO SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de julio de 2019
- Repertorio
- 4101/2019
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4.886, comuna de San Miguel, certifico: por escritura pública de fecha 12 de julio de 2019, Repertorio N° 4101/2019, ante mí, se redujo el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad AGRÍCOLA EL RECURSO SpA cuyo extracto está inscrito a fojas 41548, número 20918 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, en adelante, la “Sociedad”, celebrada con fecha 11 de julio de 2019, con la concurrencia de los accionistas INMOBILIARIA Y RENTAS CATEDRAL SpA, INVERSIONES VVH SpA, e INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN MATÍAS LIMITADA quienes representan el 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad, en que se acordó, entre otras materias, lo siguiente: (i) Aumentar el capital de la suma actual de $500.000.000 a la suma de $1.094.122.419, esto es un aumento de capital por la suma de $594.122.419, mediante la emisión de 5.000 acciones de pago, nominativas y sin valor nominal; y, (ii) Reemplazar los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.094.122.419, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de $1.094.122.419, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: i) 5.000 acciones fueron suscritas con anterioridad a esta fecha y serán pagadas en el plazo de dos meses contado desde el 17 de mayo de 2019; y, ii) 5.000 acciones, se deberán suscribir dentro del plazo de 10 días contado desde la celebración de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 11 de julio de 2019 y pagadas dentro del plazo de un año contado desde la misma.” Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 31 de julio de 2019.