Instrumento
- Fecha
- 30 de julio de 2019
- Repertorio
- 462-2019
- Notario
- John Campos Benavides
- Oficio
- 5° Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años, prorrogables automáticamente por periodos iguales, salvo sin las partes manifestaren su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso
Objeto social
El objeto de la sociedad por acciones será: Uno. Obras Menores En Construcción (Contratistas, Albañiles, Carpinteros). Dos.- Construcción De Proyectos De Servicio Público. Tres.- Otras instalaciones para obras de construcción y Cuatro.- Terminación y Acabado De Edificios. Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn San Miguel, ante mí, John Campos Benavides, Notario Público Interino de la 5° Notaría de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4410, certifico: Que por escritura pública otorgada hoy, ante mí, anotada con el Repertorio N°462-2019; Don ELISEO ALEXANDER GALLARDO CAMPOS, quien declara ser chileno, soltero, contratista en construcción, cédula nacional de identidad N°15.964.194-5, domiciliado en Alto de Lipangue Número 1.623, comuna de San Bernardo, constituyó una Sociedad por Acciones. Razón Social ‘‘TERMINACIONES HOMY SpA’’. Objeto: El objeto de la sociedad por acciones será: Uno. Obras Menores En Construcción (Contratistas, Albañiles, Carpinteros). Dos.- Construcción De Proyectos De Servicio Público. Tres.- Otras instalaciones para obras de construcción y Cuatro.- Terminación y Acabado De Edificios. Administración y uso razón social: Corresponde a don ELISEO ALEXANDER GALLARDO CAMPOS. Capital: $2.000.000 dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que el constituyente pagó y pagará de la siguiente manera: A) En el acto de la constitución pagó la suma de $500.000 de contado, en dinero efectivo, enterándose dicha suma en ese acto a la caja social y B) La suma de $1.500.000 que serán enterados en la caja social en un plazo máximo de 36 meses contados desde la fecha de la escritura de Constitución. Domicilio: Santiago, sin perjuicio agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares de la República o el extranjero. Duración: 5 años, prorrogables automáticamente por periodos iguales, salvo sin las partes manifestaren su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso. Demás estipulaciones escritura extractada. - San Miguel, 30 de julio de 2019. J.C.B.