Opdenergy Generación SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de julio de 2019
- Repertorio
- 8391/2019
- Notario
- Roberto Antonio Cifuentes Allel
- Oficio
- Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto generar, transportar, distribuir, suministrar, comprar y vender energía eléctrica; prestar servicios energéticos de todo tipo; obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquiera forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la Ley General de Servicios Eléctricos y demás normas que regulan la actividad energética; solicitar los permisos, autorizaciones y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; comprar, vender, importar, exportar, elaborar, producir, comercializar y distribuir toda clase de bienes o insumos, que digan relación con la energía de cualquier clase. El objeto de la Sociedad podrá ser desarrollado directamente o por intermedio de filiales o terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero. Asimismo, para el desarrollo del objeto, la Sociedad podrá: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración que digan relación con el objeto principal; b) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, y participar con plenas facultades en ellas; c) prestar asesorías en materia de ingeniería, que digan relación con el objeto social; y d) realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, pudiendo ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRoberto Antonio Cifuentes Allel, Notario Público titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, sexto piso, certifico: que por escritura pública de fecha 24 de julio de 2019, otorgada ante mí y anotada bajo el repertorio N° 8.391/2019, Otras Producciones de Energía Fotovoltaica, S.L., RUT 59.210.920-4, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: Opdenergy Generación SpA. Objeto: La Sociedad tiene por objeto generar, transportar, distribuir, suministrar, comprar y vender energía eléctrica; prestar servicios energéticos de todo tipo; obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquiera forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la Ley General de Servicios Eléctricos y demás normas que regulan la actividad energética; solicitar los permisos, autorizaciones y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; comprar, vender, importar, exportar, elaborar, producir, comercializar y distribuir toda clase de bienes o insumos, que digan relación con la energía de cualquier clase. El objeto de la Sociedad podrá ser desarrollado directamente o por intermedio de filiales o terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero. Asimismo, para el desarrollo del objeto, la Sociedad podrá: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración que digan relación con el objeto principal; b) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, y participar con plenas facultades en ellas; c) prestar asesorías en materia de ingeniería, que digan relación con el objeto social; y d) realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, pudiendo ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. Capital: El capital de la sociedad es la suma de diez mil euros, dividido en diez mil acciones ordinarias de una misma serie, sin valor nominal, y del mismo valor cada una. El capital será suscrito y pagado conforme a las necesidades sociales y en un plazo no superior a tres años contados desde la fecha de esta escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de julio de 2019.