TRANSPORTES ARAUCARIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de junio de 2019
- Notario
- MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Oficio
- 7ª Notaría
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $63.960.174 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 5 años a contar de esta fecha, renovables, tacita y sucesivamente.- RESPONSABILIDAD:
- Ley aplicable
- ley 18.046
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Transporte de carga o de pasajeros por cuenta propia y)o ajena en vehículos propios y)o de terceros, la administración y explotación a cualquier título de vehículos de transporte de carga y de pasajeros y la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios, y cualquier actividad relacionada o no con el giro de la sociedad que los socios acuerden
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá a don ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular de la 7ª Notaría, Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: que por escritura publica de fecha 06 de junio de 2019, ante mí, COMERCIAL J&A S.A., sociedad del giro de transportes, rol único tributario número 76.901.930-8, representada por doña JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL, chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad número 10.062.490-7, quien también comparece en este acto, por sí, ambas domiciliadas en calle Hogar de Cristo número tres mil seiscientos cincuenta y nueve, comuna de Estación Central, ciudad de Santiago, sobre la sociedad de responsabilidad limitada “TRANSPORTES ARAUCARIA LIMITADA”, constituida por escritura pública otorgada con fecha 02 de diciembre del año 2014, ante la Notario Público de Santiago que suscribe doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, se constituyo la sociedad que gira bajo la razón social de TRANSPORTES ARAUCARIA LIMITADA, quedando el correspondiente extracto de ella inscrito a fojas 8690 número 5428 del Registro de Comercio del año 2015 y se anoto en el Repertorio número 4809 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial edición número 41072 del día 02 de febrero del año 2015; DIVIDIERON: Los actuales socios acuerdan que con el objeto de optimizar los negocios sociales y obtener una mejor administración de la sociedad logrando un más efectivo control en las operaciones y gestión, la división de la sociedad TRANSPORTES ARAUCARIA LIMITADA, creando al efecto una nueva sociedad a la que se les asigna un patrimonio producto de la división de la señalada sociedad, debiendo consecuencialmente, disminuir el capital de la sociedad TRANSPORTES ARAUCARIA LIMITADA, en las proporciones que se entera en la sociedad que nace de la división pactada. Para tal efecto, los socios acuerdan dividir la sociedad TRANSPORTES ARAUCARIA LIMITADA, en dos sociedades de responsabilidad limitada de conformidad a lo establecido en los artículos 94, 95 y 100 de la ley 18.046, La sociedad que nace de la división de la sociedad se constituye como sociedad de responsabilidad limitada bajo el nombre de: “TRANSPORTES ALERCE LIMITADA”. A raíz de la división, se disminuirá el patrimonio neto de la sociedad TRANSPORTES ARAUCARIA LIMITADA, a $78.918.985.- conformándose el patrimonio disminuido de la siguiente manera: i) Capital por $29.039.826.-; ii) Fondo de Revalorización de capital propio por $67.180.665; iii) utilidades acumuladas por menos $8.198.255.- iv) resultado de ejercicio por menos $9.103.251.-. Así mismo se acuerda asignar como patrimonio neto de la sociedad TRANSPORTES ALERCE LIMITADA, que nace producto de la división, la suma de $63.960.174.- que se conforma: i) capital por $63.960.174.- que corresponde al monto en que se disminuye el patrimonio de TRANSPORTES ARAUCARIA LIMITADA.- TITULO TERCERO: ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD: “TRANSPORTES ALERCE LIMITADA; MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular 7º Notaria de Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, CERTIFICO: Por escritura de 06 de junio de 2019, COMERCIAL J&A S.A., sociedad del giro de transportes, rol único tributario número 76.901.930-8, representada por doña JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZABAL, chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad número 10.062.490-7, quien también comparece en este acto, por sí, todos mayores de edad, ambas domiciliadas en calle Hogar de Cristo número tres mil seiscientos cincuenta y nueve, comuna de Estación Central, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos son: OBJETO: El objeto de la sociedad será: Transporte de carga o de pasajeros por cuenta propia y/o ajena en vehículos propios y/o de terceros, la administración y explotación a cualquier título de vehículos de transporte de carga y de pasajeros y la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios, y cualquier actividad relacionada o no con el giro de la sociedad que los socios acuerden.- RAZÓN SOCIAL: “TRANSPORTES ALERCE LIMITADA” nombre de fantasía “TRANSPORTES ALERCE LTDA”. ADMINISTRACIÓN: La administración y uso de la razón social corresponderá a don ALEJANDRO ANTONIO CABELLO REYES.- CAPITAL: $63.960.174.-; COMERCIAL J&A S.A. $54.366.147,9.- que corresponde al 85 por ciento de los derechos sociales; JOHANNA MARGARITA VARAS ORMAZAVAL $9.594.026,1.- que corresponden al 15 por ciento de los derechos sociales.- El capital social de $63.960.174.-, se entera y se paga por los socios y por los montos indicados con la parte del patrimonio de la sociedad TRANSPORTES ARAUCARIA LIMITADA., que se asigna a la sociedad TRANSPORTES ALERCE LIMITADA, que corresponden al valor de los activos menos los pasivos, que se le adjudican a la nueva sociedad conforme a Inventario que se agrega al final de esta escritura y que pasan a formar parte integrante de esta.- DURACIÓN: 5 años a contar de esta fecha, renovables, tacita y sucesivamente.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- DOMICILIO: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales.- ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Producto de la escisión de la sociedad TRANSPORTES ARAUCARIA LIMITADA por este acto SE ASIGNAN Y ADJUDICAN a la sociedad TRANSPORTES ALERCE LIMITADA los activos y pasivos señalados en dicho artículo transitorio.- ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: ASIGNACION DEL FONDO DE UTILIDADES TRIBUTARIAS: Los comparecientes, vienen en señalar que, el fondo de utilidades tributarias acumulado al treinta de noviembre del dos mil dieciocho, asciende a la suma de trescientos sesenta millones, ciento setenta y nueve mil, cuatrocientos trece pesos.- Otras estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 02 de agosto de 2019.