COMERCIAL ANGOL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 1991
- Repertorio
- 1747/2019
- Notario
- CARLOS ALEJANDRO FUENTES CÁCERES
- Oficio
- Primera Notaria de Angol
- Comuna
- Angol
Sociedad
- Capital
- $20.346.876 CLP
- Domicilio
- Comuna y ciudad de Angol
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 5 años contados desde la fecha de la constitución de la sociedad, esto es, desde el 27 Diciembre de 1991, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, salvo que socios que representen más del 50% de los derechos sociales manifiesten su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se subinscribirá o anotará al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses de anticipación del final del período que estuviere vigente; dicha voluntad también deberá ser puesta en conocimiento con la misma antelación a los demás socios mediante carta certificada dirigida por intermedio de Notario
Objeto social
El objeto de la sociedad es explotar negocios ambulantes o actividades comerciales o productivas, la pequeña industria y el artesanado, como asimismo prestar servicios a terceros, como por ejemplo, a través de terminales de buses, ferias o mercados y toda la actividad de la naturaleza o derivada de las anteriores. Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALEJANDRO FUENTES CÁCERES, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Angol, Arturo Prat Nº 155, Angol, CERTIFICO: Que por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio Nº1.747/2019, doña HERMINIA DEL TRÁNSITO OLAVE MORALES, domiciliada en Angol, calle Julio Sepúlveda N°651, doña BERNARDA DE PURÍSIMA CATALÁN ANDÍA, domiciliada en Angol, calle Sierra Nevada N°098; don DANIEL ANTONIO ANGEL ANGEL, domiciliado en Angol, calle Covadonga N°548; don REEMBERTO IVÁN MEDINA SALAZAR, domiciliado en Nacimiento, calle San Martín s; doña GEORGINA DE LOURDES MEDINA SALAZAR, domiciliada en Angol, calle Manuel Bunster N°1000, doña MIRIAM ESTER MEDINA SALAZAR, domiciliada en Angol, calle Manuel Jarpa N°180; don RICARDO ELÍAS MEDINA SALAZAR, domiciliado en Concepción, calle Pedro Osores de Ulloa N°350, Lomas San Andrés; doña ADRIANA DEL CARMEN CÁCERES BENÍTEZ, domiciliada en Angol, calle General Urrutia N°61; doña MARCELA ANDREA MAUREIRA CÁCERES, domiciliada en Santiago, calle Guanaco N°1457, comuna de Huechuraba, doña ROXANA PAOLA MAUREIRA CÁCERES, domiciliada en Angol, calle General Urrutia N°61; doña MARÍA VALESKA ORMEÑO MORALES, domiciliada en Angol, calle Los Robles N°540, Pampa Ingenieros; don BARNES ERNESTO ORMEÑO MORALES, domiciliado en Angol, calle Los Robles N°540; don FREDDY HORACIO ORMEÑO MORALES, domiciliado en Temuco, calle General Cruz N°692, modifican, complementan y rectifican sociedad COMERCIAL ANGOL LIMITADA, RUT N°88.364.5006, capital social $20.346.876, continuadora de Sociedad Somerca Angol, disuelta y en liquidación; constituida por escritura pública de 27 de Diciembre de 1991 ante Notario Público Angol Carlos Paluz Rivas, inscrita fojas 3 N°3 Registro de Comercio del año 1992 del Conservador de Bienes Raíces de Angol, modificada: a) Por escritura pública de fecha 30 de Diciembre de 1992 otorgada en la Notaría de Angol del Notario Público Carlos Paluz Rivas, b) Por escritura pública de 29 de Agosto de 1997, otorgada en Notaría de Angol de Notario Público María Antonieta Carrillo Flores, c) Por escritura pública de 10 de Septiembre de 2009 otorgada ante Notario Público Interino de Angol Daniel Rolando Riquelme Araneda, d) Por escritura pública de 28 de Octubre de 2011 otorgada ante la Notario Público de Angol Esmirna Vidal Moraga, e) Por escritura pública de fecha 9 de Diciembre de 2011 otorgada ante el Notario Público de Angol Mario Luarte Aravena, Suplente de la titular Esmirna Vidal Moraga; y saneada por escritura fecha 9 de Agosto de 2018 otorgada ante el Notario Público de Angol Carlos Fuentes Cáceres. CESION DERECHOS: La socia doña MIRIAM ESTER MEDINA SALAZAR, autorizada por marido Néstor Arnoldo Bustos Benavides, vende, cede y transfiere a la socia doña HERMINIA DEL TRÁNSITO OLAVE MORALES, quien compra y adquiere para sí, totalidad de sus derechos sociales que representan el 3,3333325 % de los derechos en la sociedad. El precio de la cesión es la suma de $40.000.000, que se pagan con $8.000.000 dinero efectivo con anterioridad a la firma de esta escritura, y $32.000.000 que se pagan en este acto, en dinero efectivo, recibido a entera conformidad a su completa satisfacción. Con la venta de estos derechos socia Miriam Ester Medina Salazar deja la sociedad Comercial Angol Limitada. Actuales socios HERMINIA DEL TRÁNSITO OLAVE MORALES, BERNARDA DE PURÍSIMA CATALÁN ANDÍA, DANIEL ANTONIO ANGEL ANGEL, REEMBERTO IVÁN MEDINA SALAZAR, GEORGINA DE LOURDES MEDINA SALAZAR, RICARDO ELÍAS MEDINA SALAZAR, ADRIANA DEL CARMEN CÁCERES BENÍTEZ, MARCELA ANDREA MAUREIRA CÁCERES, ROXANA PAOLA MAUREIRA CÁCERES, MARÍA VALESKA ORMEÑO MORALES, BARNES ERNESTO ORMEÑO MORALES y FREDDY HORACIO ORMEÑO MORALES, con motivo esta escritura modifican sociedad estableciendo los nuevos porcentajes de los socios en el haber social: HERMINIA DEL TRÁNSITO OLAVE MORALES un 16,6666625% de los derechos sociales; BERNARDA DE PURÍSIMA CATALÁN ANDÍA un 13,33333% de los derechos sociales; DANIEL ANTONIO ANGEL ANGEL, un 33,33335% de los derechos sociales; la sucesión de don Celin Medina Provoste compuesta por los actuales socios herederos REEMBERTO IVÁN MEDINA SALAZAR, GEORGINA DE LOURDES MEDINA SALAZAR y RICARDO ELÍAS MEDINA SALAZAR, un 9,9999975% de los derechos sociales; la sucesión de don Benjamín Eleodoro Maureira Ramírez compuesta por sus herederos ADRIANA DEL CARMEN CÁCERES BENÍTEZ, MARCELA ANDREA MAUREIRA CÁCERES, ROXANA PAOLA MAUREIRA CÁCERES, un 13,33333% de los derechos sociales; y la sucesión del socio José Ernesto Ormeño Salgado compuesta por sus herederos MARÍA VALESKA ORMEÑO MORALES, BARNES ERNESTO ORMEÑO MORALES, FREDDY HORACIO ORMEÑO MORALES, un 13,33333% de los derechos sociales. Acuerdan además redactar nuevo texto de estatutos sociales que refunde escritura constitutiva y todas las escrituras modificatorias que se le han efectuado a la sociedad. EXTRACTODEL TEXTO DEFINITIVO Y ACTUALIZADO DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD. Constitución. Se constituyó sociedad de responsabilidad limitada razón social COMERCIAL ANGOL LIMITADA, nombre fantasía COMERCIAL ANGOL LTDA. Objeto: El objeto de la sociedad es explotar negocios ambulantes o actividades comerciales o productivas, la pequeña industria y el artesanado, como asimismo prestar servicios a terceros, como por ejemplo, a través de terminales de buses, ferias o mercados y toda la actividad de la naturaleza o derivada de las anteriores. Administración y uso razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios HERMINIA DEL TRÁNSITO OLAVE MORALES, BERNARDA DE PURÍSIMA CATALÁN ANDÍA y DANIEL ANTONIO ANGEL ANGEL, quienes actuando indistintamente y de consuno dos de ellos, la representarán con facultades generales y especiales de Artículo Cuarto Estatutos. Capital social: El capital de la sociedad es la suma de $20.346.876, enterados en su totalidad en arcas sociales en la fecha y forma que señala la cláusula décimo primera de la escritura constitutiva de fecha 27 de Diciembre del año 1991. Duración. La sociedad tendrá una duración de 5 años contados desde la fecha de la constitución de la sociedad, esto es, desde el 27 Diciembre de 1991, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, salvo que socios que representen más del 50% de los derechos sociales manifiesten su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se subinscribirá o anotará al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses de anticipación del final del período que estuviere vigente; dicha voluntad también deberá ser puesta en conocimiento con la misma antelación a los demás socios mediante carta certificada dirigida por intermedio de Notario. Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia de sus respectivos aportes. Domicilio. Comuna y ciudad de Angol, sin perjuicio de las oficinas, agencias o sucursales que establezca en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en cláusulas de la escritura y artículos del estatuto extractado. Angol, 26 de julio de 2019.