CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS Y DOCENCIA MED-ORL LIMITADA

CVE 1631648
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de julio de 2019
Repertorio
6229-2019
Notario
PABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO
Oficio
9 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago

Objeto social

- El objeto de la sociedad será: A.- La prestación a terceros, en locales propios o arrendados, directamente o a través de profesionales especialmente contratados, de servicios médicos, así como consultas domiciliarias, incluyendo análisis, exámenes y tratamientos, así como las demás actividades complementarias, conexas y afines; B.- La explotación de centros médicos, clínicas, laboratorios y pabellones quirúrgicos para la prestación de servicios a pacientes ambulatorios; C.- La representación de firmas nacionales y extranjeras relacionadas con la otorrinolaringología y otras especialidades médicas; D.- Actividades de docencia, capacitación e investigación en el área de la medicina; E.- La inversión inmobiliaria en general, por cuenta propia o ajena, adquisición, enajenación, comercialización, intermediación, arrendamiento, subarrendamiento, y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces y derechos sobre ellos, administración y percepción sus frutos; E.- La realización de inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales e incorporales, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; la adquisición de acciones o derechos en sociedades de cualquier clase y la participación en toda clase de sociedades y asociaciones, y E.- Toda otra actividad que los socios acuerden desarrollar en el futuro, relacionada o no con las anteriores

Administración

- La administración, el uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá al socio Miguel Ángel Cancino Castañeda, quien, anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición, que a título ejemplar, se señalan en la escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO, abogado, Notario Público Titular de la 9 Notaría de Santiago, con oficio en esta ciudad, calle Teatinos N°333, entrepiso, CERTIFICA: por escritura de fecha 30 de julio de 2019, ante mí, Repertorio N°6229-2019, don MIGUEL ÁNGEL CANCINO CASTAÑEDA y doña YURIZAN YELLY NUÑEZ GODOY, ambos domiciliados en Los helechos N°889, Nos, comuna San Bernardo, de pasó en ésta; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada.- RAZÓN SOCIAL.- La razón social será “SERVICIOS MÉDICOS Y DOCENCIA MED-ORL LIMITADA”, pudiendo actuar, para todos los efectos legales, inclusive con los Bancos y demás instituciones financieras, con el nombre de fantasía de “MED-ORL LTDA.”.- OBJETO SOCIAL.- El objeto de la sociedad será: A.- La prestación a terceros, en locales propios o arrendados, directamente o a través de profesionales especialmente contratados, de servicios médicos, así como consultas domiciliarias, incluyendo análisis, exámenes y tratamientos, así como las demás actividades complementarias, conexas y afines; B.- La explotación de centros médicos, clínicas, laboratorios y pabellones quirúrgicos para la prestación de servicios a pacientes ambulatorios; C.- La representación de firmas nacionales y extranjeras relacionadas con la otorrinolaringología y otras especialidades médicas; D.- Actividades de docencia, capacitación e investigación en el área de la medicina; E.- La inversión inmobiliaria en general, por cuenta propia o ajena, adquisición, enajenación, comercialización, intermediación, arrendamiento, subarrendamiento, y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces y derechos sobre ellos, administración y percepción sus frutos; E.- La realización de inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales e incorporales, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; la adquisición de acciones o derechos en sociedades de cualquier clase y la participación en toda clase de sociedades y asociaciones, y E.- Toda otra actividad que los socios acuerden desarrollar en el futuro, relacionada o no con las anteriores.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL.- La administración, el uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá al socio Miguel Ángel Cancino Castañeda, quien, anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición, que a título ejemplar, se señalan en la escritura.- CAPITAL.- $5.000.000. Don Miguel Angel Cancino Castañeda, aporta la cantidad de $2.550.000 y doña Yurizan Yelly Nuñez Godoy, aporta la cantidad de $2.450.000, los que enteran de contado e ingresan a la caja social.- LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- VIGENCIA DE LA SOCIEDAD.- La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de esta escritura y terminará en el plazo de 5 años. Sin embargo, se entenderá prorrogada tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social al menos con seis meses de anticipación al vencimiento del período respectivo.- DOMICILIO SOCIAL. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas, agencias, sucursales, o representaciones que pudiere establecer en otros puntos del país o del extranjero.- Demás estipulaciones, escritura extractada.-