CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Sabia Contable SpA

RUT 16041040-K CVE 1631518
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de julio de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de julio de 2019
Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
42° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Santiago: TERCERO:
Duración
Indefinida

Objeto social

asesorías contables, laborales, tributarias, auditorias y jurídicas, y cualquier otra actividad relacionada o no con el objeto de la sociedad que el o los accionistas acuerden:

Administración

Administración y uso de la razón social recae en JORGE ERNESTO ASTORGA MENDEZ: CUADRAGESIMO PRIMERO: Mientras la sociedad tenga un solo accionista, todas las decisiones y acuerdos serán adoptados por la unanimidad de las acciones emitidas con derecho a voto. Declaración acuerdo unánime optan por el régimen de tributación ATRIBUIDO, establecido en establecido en 14 A) de la LIR. Santiago, 17 de julio del año 2019

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público, Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas, 1070, Piso 2, por escritura pública fecha ocho de julio del año dos mil diecinueve, ante mí JORGE ERNESTO ASTORGA MENDEZ, cédula de identidad N°16.041.040-K, constituyó sociedad por acciones; RAZON SOCIAL: SABIA CONTABLE SPA. SEGUNDO: Domicilio: Santiago: TERCERO: Duración: indefinida. OBJETO: asesorías contables, laborales, tributarias, auditorias y jurídicas, y cualquier otra actividad relacionada o no con el objeto de la sociedad que el o los accionistas acuerden: CAPITAL: $2.000.000.-, dividido 20.- acciones nominativas, todas de una misma y única serie e igual valor, suscribe y pagan a prorrata de sus participación; distribuidas de la siguiente manera: JORGE ERNESTO ASTORGA MENDEZ 100%. Capital enteramente suscrito ADMINISTRACIÓN: Administración y uso de la razón social recae en JORGE ERNESTO ASTORGA MENDEZ: CUADRAGESIMO PRIMERO: Mientras la sociedad tenga un solo accionista, todas las decisiones y acuerdos serán adoptados por la unanimidad de las acciones emitidas con derecho a voto. Declaración acuerdo unánime optan por el régimen de tributación ATRIBUIDO, establecido en establecido en 14 A) de la LIR. Santiago, 17 de julio del año 2019.-