CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Phoenix Energy Riesco SpA

RUT 16096979-2 CVE 1631520
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de julio de 2019
Notario
Maria Soledad Lascar Merino
Oficio
38 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la Sociedad será el desarrollo, construcción, financiamiento, exploración, explotación, operación y mantenimiento, en cualquier forma y a cualquier título, ya sea directamente o a través de su inversión en otras sociedades nacionales o extranjeras, de proyectos mineros, y la ejecución y desarrollo de todas las actividades que directa o indirectamente digan relación con tales proyectos. Para el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá: a) Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y percibir las rentas que deriven de las anteriores. b) Solicitar, obtener, adquirir, explorar, explotar y administrar concesiones mineras de toda especie de sustancias, ya sea de exploración o explotación que a la Compañía le hayan sido otorgadas. c) La participación en el desarrollo de proyectos mineros en cualquiera de sus fases de exploración, explotación y beneficio. d) Ejecución y realización de la explotación, administración y arrendamiento de otras minas y beneficio de minerales de cualquier especie. e) Solicitar concesiones fiscales, municipales y particulares de cualquier naturaleza, con el objeto de concurrir a la exploración, explotación y administración de las concesiones mineras antes referidas. f) La distribución y comercialización, mayorista o minorista, de productos y sustancias, por cualquier medio o forma, como asimismo, la explotación de establecimientos de comercio con el mismo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Maria Soledad Lascar Merino, abogado, Notario Público Titular de la 38 Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número 178, quinto piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: que por medio de escritura pública otorgada ante mí, con fecha 26 de julio de 2019, repertorio número 37.341-2019, don Alvaro Rodolfo Florez Keim, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 16.096.979-2, en representación, según se acreditará, de PHOENIX ENERGY LIMITED, sociedad constituida conforme a las leyes de Victoria, Australia, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Alonso de Córdova número 5151, oficina 302 A, Las Condes, Santiago, el compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula antes mencionada, expone: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Párrafo Octavo del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes, el compareciente viene en constituir una sociedad por acciones, en adelante la “Sociedad”, que se regirá por los estatutos que se establecen a continuación, en adelante los “Estatutos”. Supletoriamente, se regirá por las normas del Párrafo Octavo antes señalado y en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas legales aplicables a las sociedades anónimas cerradas. ARTÍCULO PRIMERO. Nombre. El nombre de la Sociedad será “PHOENIX ENERGY RIESCO SpA”. ARTÍCULO CUARTO. Objeto. El objeto de la Sociedad será el desarrollo, construcción, financiamiento, exploración, explotación, operación y mantenimiento, en cualquier forma y a cualquier título, ya sea directamente o a través de su inversión en otras sociedades nacionales o extranjeras, de proyectos mineros, y la ejecución y desarrollo de todas las actividades que directa o indirectamente digan relación con tales proyectos. Para el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá: a) Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y percibir las rentas que deriven de las anteriores. b) Solicitar, obtener, adquirir, explorar, explotar y administrar concesiones mineras de toda especie de sustancias, ya sea de exploración o explotación que a la Compañía le hayan sido otorgadas. c) La participación en el desarrollo de proyectos mineros en cualquiera de sus fases de exploración, explotación y beneficio. d) Ejecución y realización de la explotación, administración y arrendamiento de otras minas y beneficio de minerales de cualquier especie. e) Solicitar concesiones fiscales, municipales y particulares de cualquier naturaleza, con el objeto de concurrir a la exploración, explotación y administración de las concesiones mineras antes referidas. f) La distribución y comercialización, mayorista o minorista, de productos y sustancias, por cualquier medio o forma, como asimismo, la explotación de establecimientos de comercio con el mismo objeto. g) El desarrollo del comercio exterior y el desempeño de toda clase de agencias de compañías del exterior o de nacionales en el exterior, como de representaciones y comisiones en general. h) La prestación de toda clase de servicios en relación con la extracción, producción, comercialización, financiamiento, transporte y manipulación de productos o sustancias, de control de calidad, embarque u otros similares o complementarios. i) En general, realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a su giro, pudiendo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la contratación de préstamos u otras formas de financiamiento que se estimen necesarios para el desarrollo de sus actividades. La Sociedad podrá efectuar total o parcialmente su giro, directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto. ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, sin valor nominal, y del mismo valor cada una, íntegramente suscrito y pagado. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y pago del capital. El capital de PHOENIX ENERGY RIESCO SpA asciende a la cantidad de un $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, el cual quedó íntegramente enterado, suscrito y pagado en este acto por el accionista PHOENIX ENERGY LIMITED. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para requerir las inscripciones, subscripciones y anotaciones que sean procedentes. Santiago, 30 de julio de 2019.