ORROÑO, BOUSSAC Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de julio de 2019
- Notario
- MARGARITA MORENO ZAMORANO
- Oficio
- 27º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn Santiago de Chile, MARGARITA MORENO ZAMORANO, abogado, Notario Público Interino de la 27º Notaría de Santiago, según Decreto Judicial ya protocolizado al final de los registros públicos del mes de Abril del año en curso, bajo el número 218, con oficio en calle Orrego Luco nº0153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 04 de Julio de 2019, ante mí, doña ISABEL ORROÑO ROMEO y doña ANDREA ISABEL BOUSSAC ORROÑO, ambas domiciliadas en calle El mirador nº 040, comuna de Puente Alto, ciudad de Santiago, celebraron rectificación y modificación de la escritura pública de “modificación de sociedad” de ORROÑO, BOUSSAC Y COMPAÑÍA LIMITADA, de fecha 26 de Julio de 2012, otorgada ante la Notaría de Santiago de don Sebastián Anitat Salas. Inscrita a fs 52.361 nº36.644 del Registro de Comercio del Año 2012 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago y debidamente publicada. Rectificando y modificando en el siguiente sentido: Por un error involuntario, se señaló que se aumentaría el capital en novecientos veintisiete millones setecientos sesenta y tres mil doscientos seis pesos, indicando que fueron pagados íntegramente por los socios en ese acto, en dinero efectivo, a prorrata de sus derechos, sin embargo según consta en los estados financieros de la sociedad, tal aumento en el patrimonio nunca se efectuó por partes de los socios. Razón por la cual se rectifica la cláusula SEGUNDA en el sentido de eliminar la letra B de dicha cláusula, que modificaba el capital. De tal modo que la letra C ahora pasa a ser la letra B. En consecuencia, con la eliminación de la letra B que erróneamente modificaba el capital, se deja constancia que el capital social actual sigue siendo de $15.000.000.- En lo no modificado y rectificado por este instrumento, rigen íntegramente las estipulaciones del pacto social constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de Julio de 2019.