MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES LEJAIM SpA

RUT 76547505-8 CVE 1631950
Capital
$200.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de julio de 2019
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$200.000.000 CLP

Objeto social

a) La inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, fondos mutuos, fondos de inversión, bonos, otros afines; b) La administración, por cuenta propia o ajena, de fondos de inversión, dineros, depósitos, acciones y en general todo tipo de inversiones y) o carteras de inversión; c) La ejecución de toda clase de actividades de carácter inmobiliario, en sus distintas formas, comprendiéndose en ella la compra, venta, permuta, adquisición y enajenación de todo tipo de bienes raíces o derechos en ellos, pudiendo asimismo construir, remodelar, transformar y reparar bienes raíces, subdividirlos, urbanizarlos y lotearlos, dar y tomar en arrendamiento bienes inmuebles, obtener frutos de ellos y administrarlos, y en general, efectuar toda clase de inversiones y desarrollar todo tipo de operaciones relacionadas directa o indirectamente con la actividad inmobiliaria; d) La inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales; y e) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas; Administración y uso de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público titular 36 Notaría Santiago, La Concepción 65, Piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 05/07/2019, ante mí suplente, JENNIE ELIZABETH WAISSBLUTH RUSSO e ILANA MESZAROS WAISSBLUTH, ambas Hernando de Aguirre Nº 201, oficina Nº 202, Providencia, Santiago, modificaron y transformaron INVERSIONES LEJAIM LIMITADA, inscrita en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 16.645 N° 9.317 del año 2016, en los siguientes sentidos: UNO.- MODIFICACIÓN: Se aumenta su capital social de $1.000.000 a la suma de $200.000.000, modificando así el artículo QUINTO de los estatutos conforme se indica a continuación; II.- TRANSFORMACIÓN: Se transforma Inversiones Lejaim Limitada en una Sociedad por Acciones, (SpA), subsistiendo su personalidad jurídica, reformando sus estatutos por los que extracto a continuación: Nombre: “INVERSIONES LEJAIM SpA”, nombre de fantasía “LEJAIM SpA.”; Objeto: a) La inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, fondos mutuos, fondos de inversión, bonos, otros afines; b) La administración, por cuenta propia o ajena, de fondos de inversión, dineros, depósitos, acciones y en general todo tipo de inversiones y) o carteras de inversión; c) La ejecución de toda clase de actividades de carácter inmobiliario, en sus distintas formas, comprendiéndose en ella la compra, venta, permuta, adquisición y enajenación de todo tipo de bienes raíces o derechos en ellos, pudiendo asimismo construir, remodelar, transformar y reparar bienes raíces, subdividirlos, urbanizarlos y lotearlos, dar y tomar en arrendamiento bienes inmuebles, obtener frutos de ellos y administrarlos, y en general, efectuar toda clase de inversiones y desarrollar todo tipo de operaciones relacionadas directa o indirectamente con la actividad inmobiliaria; d) La inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales; y e) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas; Administración y uso de razón social: la administración y uso de la razón social corresponderá a JENNIE ELIZABETH WAISSBLUTH RUSSO, con facultades que contempla la escritura; Capital: $200.000.000.- de pesos, dividido en 1500 acciones, 500 de las cuales son acciones serie A y las 1000 restantes serie B, nominativas, sin valor nominal, suscrito y pagado sólo 500 acciones serie B, equivalentes a la suma de $5.000.000, al contado y en dinero efectivo, que ya se ha ingresado en la caja social. Las restantes acciones deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de otorgamiento de la escritura.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 31 de julio de 2019.