IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA GREEN LIGHT CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de julio de 2019
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y)o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y)o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; c) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares sean estos nacionales o extranjeros; d) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, e) Fabricar toda clase de productos metalmecánico, de ingeniería mecánica y eléctrica e ingeniería en general; f) comprar y)o vender, importar y)o explotar todo tipo de productos metalmecánicos, de ingeniería mecánica y eléctrica e ingeniería en general; g) Construir, fabricar o reparar instalaciones, obras y proyectos industriales y estructurales; y h)cualquier otra actividad que acuerden los
Administración
La sociedad será administrada por don RICARDO ANDRÉS VEGA RODRÍGUEZ, quien podrá y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representara a la sociedad judicial y extrajudicialmente, contando con todas y cada una de las facultades indicadas en el título Tercero en su artículo QUINTO de los estatutos. DOMICILIO; Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: Que por escritura pública 26 Julio 2019, ante mí, don RICARDO ANDRÉS VEGA RODRÍGUEZ, chileno, casado, ingeniero de proyectos industriales, cédula de identidad número 12.472.052-4, domiciliado Los Álamos N° 2685, comuna La Pintana, Región Metropolitana, de paso en ésta; y doña CONSTANZA CATALINA VEGA ORIA, chilena, soltera, administradora de empresas, cédula de identidad número 19.331.635-2, domiciliada en San Alberto número 0475, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana, de paso en ésta, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA GREEN LIGHT CHILE SpA” pudiendo usar nombre de fantasía “GREEN LIGHT CHILE” Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; c) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; d) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, e) Fabricar toda clase de productos metalmecánico, de ingeniería mecánica y eléctrica e ingeniería en general; f) comprar y/o vender, importar y/o explotar todo tipo de productos metalmecánicos, de ingeniería mecánica y eléctrica e ingeniería en general; g) Construir, fabricar o reparar instalaciones, obras y proyectos industriales y estructurales; y h)cualquier otra actividad que acuerden los socios.].- Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $8.000.000.-, dividido en ochocientas acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Este capital es aportado de la siguiente manera, Accionista doña CONSTANZA CATALINA VEGA ORIA, aporta en este acto la suma de $4.000.000.- al contado, dividido en cuatrocientas acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal. Equivalentes al cincuenta por ciento del aporte enterándolo en caja social.- y el accionista RICARDO ANDRÉS VEGA RODRÍGUEZ aporta en este acto la suma de $4.000.000.- al contado, dividido en cuatrocientas acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal. Equivalentes al cincuenta por ciento del aporte enterándolo en caja social.- ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por don RICARDO ANDRÉS VEGA RODRÍGUEZ, quien podrá y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representara a la sociedad judicial y extrajudicialmente, contando con todas y cada una de las facultades indicadas en el título Tercero en su artículo QUINTO de los estatutos. DOMICILIO; Santiago.- DURACIÓN: Indefinida.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de Julio de 2019.-