INGENIERÍA, SERVICIOS & OUTSOURCING ITELSERVICE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de julio de 2019
- Repertorio
- 24750-2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 835, Piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 3 de julio de 2019, otorgada ante mí, CATALINA ESTHER HERMOSILLA FARIAS, chilena, soltera, abogada, C.I. 18.030.592-0, Miraflores 178, piso 11, Of. 1101, Santiago, rectificó y saneó la escritura de modificación y transformación y su respectivo extracto de sociedad “INGENIERÍA, SERVICIOS & OUTSOURCING ITELSERVICE LIMITADA” a “INGENIERÍA, SERVICIOS & OUTSOURCING ITELSERVICE SpA.” de fecha 14 de junio de 2019, Repertorio 24750-2019, otorgada ante el Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, con Oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago Centro, Santiago, en donde los actuales socios y accionistas VICTOR MANUEL ALTAMIRANO MESIAS y FRANCESCA ANDREA ALTAMIRANO MESIAS, modificaron y transformaron en los términos allí señalados. En dicha escritura se faculta a la compareciente para que otorgue, entre otras, las escrituras rectificatorias, o saneamiento respecto de cualquier error u omisión existente en la escritura de modificación señalada, y así lo hace en el sentido siguiente: Por un error involuntario en la escritura de modificación y transformación y en su respectivo extracto se indica:- Uno) en el numeral “QUINTO: El capital social es la suma cinco millones de pesos, divididos en cien acciones nominativas, sin valor nominal y de única serie, de un valor de cincuenta mil pesos cada una”. Debiendo decir: “QUINTO: El capital social es la suma seis millones de pesos, divididos en cien acciones nominativas, sin valor nominal y de única serie, de un valor de sesenta mil pesos cada una”. Dos) En el numeral: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, que, según establece el artículo quinto del presente estatuto es de cinco millones de pesos y se encuentra dividido en divididos en cien acciones nominativas, sin valor nominal y de única serie, de un valor de cincuenta mil pesos cada una ha quedado totalmente suscrito y pagado a la fecha de la presente escritura, ingresado en caja social a razón de noventa y nueve acciones nominativas por don VÍCTOR MANUEL ALTAMIRANO MESÍAS, y una acción nominativa por doña FRANCESCA ANDREA ALTAMIRANO MESÍAS. En consecuencia, el capital accionario de “INGENIERÍA, SERVICIOS & OUTSOURCING ITELSERVICE SpA” cinco millones de pesos, se encuentra suscrito y pagado íntegramente”. Debiendo decir: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, que, según establece el artículo quinto del presente estatuto es de seis millones de pesos y se encuentra dividido en cien acciones nominativas, sin valor nominal y de única serie, de un valor de sesenta mil pesos cada una ha quedado totalmente suscrito y pagado a la fecha de la presente escritura, ingresado en caja social a razón de noventa y nueve acciones nominativas por don VÍCTOR MANUEL ALTAMIRANO MESÍAS, y una acción nominativa por doña FRANCESCA ANDREA ALTAMIRANO MESÍAS. En consecuencia, el capital accionario de “INGENIERÍA, SERVICIOS & OUTSOURCING ITELSERVICE SpA” seis millones de pesos, se encuentra suscrito y pagado íntegramente”. En virtud Ley 19499 que establece las normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, y estando debidamente facultada para ello, viene en sanear dicho vicio dando cumplimiento a lo contemplado en el articulo tercero en sus letras a) y b) de la Ley antes señalada.- Demás estipulaciones escritura extractada.- SANTIAGO, 04 Julio 2019.