MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BIOMEDICAL DISTRIBUTION CHILE LIMITADA

RUT 76002528-3 CVE 1631413
Fecha instrumento
1 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de julio de 2019
Repertorio
7233/2019
Notario
ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
Oficio
48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley 18.046

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Logística Industrial S.A socio 96878980-5
Trilogic S.A socio 96868880-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 1 de julio de 2019, otorgada ante mí, bajo repertorio N°7.233/2019, Logística Industrial S.A., Rol Único Tributario N°96.878.980-5 y Trilogic S.A., Rol Único Tributario N°96.868.880-4; ambos domiciliados para estos efectos en José Miguel Infante N°8.725, comuna de Renca, Santiago, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada BIOMEDICAL DISTRIBUTION CHILE LIMITADA (la “Sociedad”), Rol Único Tributario N°76.002.528-3, inscrita a fojas 49.339, número 34.999 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007, en el siguiente sentido: I. Dejar constancia que: a) Por escritura pública de fecha 1 de julio de 2019, otorgada ante mí, bajo repertorio N°7.205/2019, los señores Luis Fernando Ovalle Vial, Pedro Felipe Ovalle Vial y Bernardo Fontaine Talavera, en su calidad de únicos y actuales miembros del directorio de la sociedad Biomedical Distribution Conosur S.A. (“Biomedical Conosur”) declararon que mediante traspaso de acciones suscrito con fecha 19 de junio de 2019, el accionista Trilogic S.A. vendió, cedió y transfirió al accionista Logística Industrial S.A. la única acción de la que era propietario en Biomedical Conosur, reuniéndose en Logística Industrial S.A el dominio del 100% de las acciones de dicha sociedad. Dichas acciones se reunieron en manos de Logística Industrial S.A. por un periodo interrumpido que excedió los 10 días. Como consecuencia de lo anterior, con fecha 1 de julio de 2019 se disolvió la sociedad Biomedical Distribution Conosur S.A. por el solo ministerio de la ley, sin necesidad de liquidación, conforme los Artículos 103 N°2 y 110 de la Ley 18.046, sucediéndola, Logística Industrial S.A. en todos sus activos, pasivos, patrimonio, derechos y obligaciones (la “Disolución”); b) Como consecuencia de la Disolución, Logística Industrial S.A. adquirió todos los derechos sociales que le correspondían a Biomedical Distribution Conosur S.A. en la Sociedad; c) El socio Trilogic S.A., aceptó y consintió el ingreso de Logística Industrial S.A. como socio de la Sociedad en su calidad de actual titular de los derechos sociales que eran de propiedad de Biomedical Conosur en la Sociedad; y d) En virtud de lo anterior, los únicos y exclusivos socios de la Sociedad son Logística Industrial S.A. con un 99,9% de los derechos sociales, y Trilogic S.A., con un 0,1% de los derechos sociales. II. Modificar los estatutos de la Sociedad con el fin de reflejar el cambio de socio antes señalado, de manera tal que cada vez que en los estatutos sociales se haga referencia al socio Biomedical Distribution Conosur S.A., se entienda hecha dicha referencia al socio Logística Industrial S.A., y en especial acordaron: a) Modificar la cláusula Cuarta de los estatutos de la Sociedad por la siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Duración de la Sociedad. La duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de un año cada uno, salvo que el socio LOGÍSTICA INDUSTRIAL S.A. manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente.”; b) Modificar la cláusula Quinta de los estatutos de la Sociedad por la siguiente: “ARTICULO QUINTO: Capital Social. El capital social asciende a la suma de ciento ochenta y seis millones doscientos noventa y un mil doscientos cincuenta y cuatro pesos, el cual ha sido previamente aportado por los socios en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social, en la siguiente proporción: Uno/ LOGÍSTICA INDUSTRIAL S.A., la cantidad de ciento ochenta y seis millones ciento cuatro mil novecientos sesenta y tres pesos, esto es, el noventa y nueve coma nueve por ciento del capital social; y Dos/ TRILOGIC S.A., la cantidad de ciento ochenta y seis mil doscientos noventa y un pesos, esto es, el cero coma uno por ciento del capital social.”; y c) Modificar la cláusula Séptima de los estatutos de la Sociedad, estableciendo que el uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá exclusivamente al socio Logística Industrial S.A., quien la ejercerá a través de sus apoderados facultados al efecto o a través de una o más personas designadas especialmente para este objeto por escritura pública. Se deja expresa constancia que el referido cambio de administrador de la Sociedad no revoca ni deja sin efecto los poderes otorgados con anterioridad por Biomedical Distribution Conosur S.A. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social y en especial la limitación de la responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de julio de 2019. ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular, 48° Notaría de Santiago.