BASTIDAS FERNÁNDEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de julio de 2019
- Notario
- Roberto Antonio Cifuentes Allel
- Oficio
- Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Santiago
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a contar del día de suscripción del presente instrumento y durará 10 años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, según lo estipulado en escritura extractada
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios o asesorías profesionales o técnicas de carácter médico, quirúrgico, o de enfermería en las diversas áreas o especialidades de la medicina o profesiones afines y aquellas relacionadas con la conservación y restablecimiento de la salud, en especial la prestación de servicios médicos en el área de la anestesiología y de servicios propios del área de la kinesiología; y, la docencia e investigación en estas áreas y materias afines, comprendiendo dicho objeto la realización de auditorías clínicas y de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal; tanto en establecimientos de salud públicos o privados como en domicilios particulares; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios de sistemas de salud o previsión social del sector público, municipal o privado
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRoberto Antonio Cifuentes Allel, abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, de la comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de 9 de julio de 2019, ante mí, JAVIER IGNACIO BASTIDAS ESPINOZA y MARÍA IGNACIA FERNÁNDEZ BRAVO, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida El Bosque 200, departamento 31, comuna de Providencia, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “BASTIDAS FERNÁNDEZ LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “Bastidas Fernández Servicios Médicos Ltda.” para fines publicitarios, de propaganda u operaciones de banco. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Javier Ignacio Bastidas Espinoza y María Ignacia Fernández, quienes podrán actuar separada e indistintamente, directamente, o por intermedio de representantes, ordinarios o extraordinarios. Facultades en escritura extractada. CAPITAL: La suma de $1.000.000, que los socios aportan y se obligan a enterar de la siguiente manera: Uno) $500.000, equivalentes al 50% del total del interés social, son aportados por el socio Javier Ignacio Bastidas Espinoza; y, Dos) $500.000, equivalentes al restante 50% del total del interés social, son aportados por la socia María Ignacia Fernández. En este acto, ambos enteran su interés social en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios o asesorías profesionales o técnicas de carácter médico, quirúrgico, o de enfermería en las diversas áreas o especialidades de la medicina o profesiones afines y aquellas relacionadas con la conservación y restablecimiento de la salud, en especial la prestación de servicios médicos en el área de la anestesiología y de servicios propios del área de la kinesiología; y, la docencia e investigación en estas áreas y materias afines, comprendiendo dicho objeto la realización de auditorías clínicas y de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal; tanto en establecimientos de salud públicos o privados como en domicilios particulares; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios de sistemas de salud o previsión social del sector público, municipal o privado. DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir a contar del día de suscripción del presente instrumento y durará 10 años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, según lo estipulado en escritura extractada. DOMICILIO: Comuna de Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que se acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero. RESPONSABILIDAD SOCIOS: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de julio de 2019.