CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Arriendo Juntos SpA

CVE 1631014
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de julio de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de julio de 2019
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a Magdalena Gatica Montero, Catalina Marcela Ramírez González y a Gonzalo Andrés Cáceres Quiero, quienes actuarán de acuerdo a las facultades señaladas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de julio de 2019, ante mí, MAGDALENA GATICA MONTERO, CATALINA MARCELA RAMÍREZ GONZÁLEZ y GONZALO ANDRÉS CÁCERES QUIERO, constituyeron una Sociedad por Acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “ARRIENDO JUNTOS SpA” pudiendo utilizar el nombre de fantasía “ARRIENDO JUNTOS”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: Uno) La prestación de servicios de asesoría y consultoría en materias habitacionales y urbanísticas a personas naturales, empresas u organismos públicos o privados, nacionales o internacionales; Dos) La intermediación de servicios habitacionales; Tres) El corretaje y gestión de bienes raíces; Cuatro) La prestación de servicios digitales; Cinco) La realización de cursos o capacitaciones. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.- dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, totalmente suscritas y que se pagarán en el plazo de 1 año en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a Magdalena Gatica Montero, Catalina Marcela Ramírez González y a Gonzalo Andrés Cáceres Quiero, quienes actuarán de acuerdo a las facultades señaladas en la escritura extractada. Duración: Indefinida. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en cualquier otro punto del país o del extranjero. La responsabilidad de los accionistas se limita al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de julio de 2019.