VENTAS AL POR MENOR DE ARTICULOS DE FERRETERIA Y MATERIALEAS DE CONSTRUCCION RICARDO ARMANDO MARIANO DE BARBIERI SATRIANI E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 25 de julio de 2019
- Repertorio
- 26329
- Notario
- Francisco José Lira Teuber
- Oficio
- Titular de la 19 Notaría de Santiago don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.499.
Objeto social
un Objeto Múltiple. Error que se sanea y corrige en conformidad a la ley, quedando como artículo segundo de los estatutos sociales el que sigue: “OBJETO: “VENTAS AL POR MENOR DE ARTÍCULOS DE FERRETERÍA Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN”. En todo lo que no se sanea por la escritura que aquí se extracta, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social y sus modificaciones. Santiago, 29 de julio de 2019. FJLT
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco José Lira Teuber, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 19 Notaría de Santiago don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, con oficio en calle Bandera N° 341, oficina N°352, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de Julio de 2019, Repertorio 26329, otorgada ante mí, don RICARDO ARMANDO MARIANO DE BARBIERI SATRIANI, chileno, casado de 60 años, comerciante, cédula nacional de identidad número; domiciliado en Franklin número 561, comuna de Santiago, Región Metropolitana; suscribió escritura de saneamiento en conformidad a la Ley Nº 19.499. La escritura de Modificación social de VENTAS AL POR MENOR DE ARTICULOS DE FERRETERIA Y MATERIALEAS DE CONSTRUCCION RICARDO ARMANDO MARIANO DE BARBIERI SATRIANI E.I.R.L, Rut: 76.800.491-9 otorgada con fecha 28-05-2019 ante Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, Notario Titular de la 19º Notaría de Santiago, Repertorio Nº 15.509, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 42.886, número 21598 en el Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. El referido extracto fue publicado en el Diario Oficial del día 10 de Julio de 2019 ejemplar Nº 42.400, en razón, que en la mencionada modificación social, se incurrió en un error al modificar el objeto social, en el sentido que la empresa tendría por objeto: un Objeto Múltiple. Error que se sanea y corrige en conformidad a la ley, quedando como artículo segundo de los estatutos sociales el que sigue: “OBJETO: “VENTAS AL POR MENOR DE ARTÍCULOS DE FERRETERÍA Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN”. En todo lo que no se sanea por la escritura que aquí se extracta, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social y sus modificaciones. Santiago, 29 de julio de 2019. FJLT.-