MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TECNOLOGÍA VVD SpA

RUT 76301409-6 CVE 1630607
Fecha instrumento
17 de julio de 2019

Instrumento

Fecha
17 de julio de 2019

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Félix Jara Cadot, Notario 41º Santiago, Huérfanos 1160 subsuelo, Santiago, ante mí, don HÉCTOR ASSEF CEBALLOS, abogado, cédula nacional de identidad 7.195.199-5, Huérfanos 1160, oficina 403, Santiago, mayor de edad, debidamente facultado reduce a escritura pública hoy Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de la empresa TECNOLOGÍA VVD S.p.A., inscrita a fojas 77.212 número 50.891 del Registro de Comercio de Santiago del año 2013, siguiente tenor: Fecha; 17 de julio de 2019; Asistencia; Uno.- PAVEL RODRIGO GONZALEZ ORTEGA, por setecientas acciones; Dos.- MANUEL FERNANDO CONTRERAS ORTEGA, por cien acciones; Tres.- ANDREV STANISLAV HRDINA MEIGG, por cien acciones; y Cuatro.- ENRIQUE FERNANDO SANTANDER GIBSON, por cien acciones, representado por don RODRIGO ALEJANDRO VELIZ TAPIA, según mandato especial extendido ante el notario de Santiago don Félix Jara Cadot, de fecha ocho de julio del año dos mil diecinueve; OBJETO; Se citó con el único objeto de modificar el texto del artículo vigésimo segundo del estatuto social; ACUERDO; Por la unanimidad de las acciones presentes se aprueba la modificación del artículo vigésimo segundo, al siguiente texto: “Artículo Vigésimo Segundo: Los acuerdos de la Junta Extraordinaria de Accionistas que impliquen una reforma de estatutos deberán ser adoptados por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto y presentes en la Junta, pero, los acuerdos sobre reforma de estatutos relativos a las siguientes materias requerirán por lo menos el voto conforme de dos tercios de las acciones con derecho a voto y presentes en la Junta: a) La transformación de la sociedad, la división de la misma y su fusión con otra sociedad; b) La disolución anticipada de la sociedad; c) El cambio de domicilio social; d) La disminución del capital social; e) La designación del Directorio; f) Las demás que señalen los estatutos. Las reformas de estatutos que tengan por objeto la creación, modificación o supresión de preferencias, deberán ser aprobadas con el voto conforme de los dos tercios de las acciones de la serie o series afectadas. -“.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 22 de julio de 2019.-