CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

SERVICIO DE RESTAURANTE ERNESTO JOSÉ CHIRINOS VÁSQUEZ E.I.R.L.

CVE 1630758
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de julio de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de julio de 2019
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la empresa será la comuna de San Pedro de la Paz
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la empresa será el desarrollo del servicio de Restaurante

Administración

La administración corresponderá al titular de la empresa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, abogado, Notario Público titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O´Higgins número quinientos veintiocho, certifico: por escritura pública de fecha 17 de julio de 2019 Rep N° 4.353, ante mi suplente don Juan Pablo Espinosa Schiappacasse, don ERNESTO JOSÉ CHIRINOS VÁSQUEZ, venezolano, Licenciado en Marketing, soltero, cuarenta y un años de edad, cédula de identidad para extranjeros número veintiséis millones quinientos setenta y ocho mil seiscientos setenta y ocho guion dos, con domicilio en Los Fresnos, pasaje número uno, casa noventa y dos, Villa San Pedro, comuna de San Pedro de la Paz, Provincia de Concepción, Región del Bío Bío, viene en constituir una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, que se regirá por las disposiciones de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete. Razón Social: El nombre de la empresa será “SERVICIO DE RESTAURANTE ERNESTO JOSÉ CHIRINOS VÁSQUEZ E.I.R.L.”, pudiendo usar como nombre de fantasía el de “RESTAURANTE RUTA 66 E.I.R.L”. Objeto: El objeto de la empresa será el desarrollo del servicio de Restaurante. Capital: El monto del capital que se transfiere a la empresa es la suma de $1.000.000, que se aporta al contado, en dinero efectivo, ya ingresados en caja. Domicilio: El domicilio de la empresa será la comuna de San Pedro de la Paz, sin perjuicio de que pueda instalar agencias, filiales o sucursales de la empresa en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: La empresa rige a contar de la fecha de la escritura y su duración será indefinida. Administración: La administración corresponderá al titular de la empresa. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción 30 de julio de 2019.