SERVICIO DE RESTAURANTE ANMYR NATALY VILLEGAS URBINA E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2019
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la empresa será la comuna de San Pedro de la Paz
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la empresa será el desarrollo del servicio de Restaurante
Administración
La administración corresponderá al titular de la empresa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, abogado, Notario Público titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O´Higgins número quinientos veintiocho, certifico: por escritura pública de fecha 17 de julio de 2019 Rep N° 4.354, ante mi suplente don Juan Pablo Espinosa Schiappacasse, ANMYR NATALY VILLEGAS URBINA, venezolana, administradora de empresas, soltera, treinta y cinco años de edad, cédula de identidad para extranjeros número veinticinco millones setecientos treinta y seis mil novecientos diez guion dos, con domicilio en Camino el Venado, número mil setecientos ochenta, Las Terrazas de Andalué, Edificio Antuco, comuna de San Pedro de la Paz, Provincia de Concepción, Región del Bío Bío, viene en constituir una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, que se regirá por las disposiciones de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete. Razón Social: El nombre de la empresa será “SERVICIO DE RESTAURANTE ANMYR NATALY VILLEGAS URBINA E.I.R.L.”, pudiendo usar como nombre de fantasía el de RESTAURANTE MERAKI HOUSE E.I.R.L”.- Objeto: El objeto de la empresa será el desarrollo del servicio de Restaurante. Capital: El monto del capital que se transfiere a la empresa es la suma de $1.000.000, que se aporta al contado, en dinero efectivo, ya ingresados en caja. Domicilio: El domicilio de la empresa será la comuna de San Pedro de la Paz, sin perjuicio de que pueda instalar agencias, filiales o sucursales de la empresa en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: La empresa rige a contar de la fecha de la escritura y su duración será indefinida. Administración: La administración corresponderá al titular de la empresa. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción 30 de julio de 2019.