MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Preleman SpA

RUT 76799103-7 CVE 1630732
Fecha instrumento
19 de julio de 2019

Instrumento

Fecha
19 de julio de 2019
Notario
FELIX JARA CADOT
Domicilio
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, Notario Público Santiago, Paseo Huérfanos N 1160, subsuelo, ante mí por escritura pública de fecha 19 Julio del año 2019, JAVIERA IGNACIA GATICA URIBE, chilena, soltera, tecnóloga en automatización, CI.N° 18.165.741-3, en calidad de accionista de la sociedad PRELEMAN SpA, sociedad por acciones, dedicada al giro de la ingeniera y manutención, registrada bajo el RUT 76.799.103-7, ambos domiciliados en Monjitas 550, oficina 19, comuna de Santiago, celebra Acuerdo de Accionistas de Preleman SpA, cuyas estipulaciones se extracta lo siguiente: PRIMERO: Doña JAVIERA IGNACIA GATICA URIBE declara ser única accionista y Gerente General de la sociedad PRELEMAN S.p.A.. La constitución sociedad se encuentra inscrita a fojas 98.655, numero 50.687 del Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en virtud de solicitud de migración numero 251944 del Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía Fomento y Turismo al Régimen General. SEGUNDO: Que en este acto JAVIERA IGNACIA GATICA URIBE, en su calidad de única accionista, con 100 acciones nominativas de la serie única, equivalente a la suma de $500.000, por consiguiente titular del 100% de las acciones respectivas con derecho a voto, acuerda modificarlos estatutos sociales. TERCERO: Se modifica la siguiente materia de los estatutos: Administración Social: En el “Artículo Séptimo” del que se señala: “La administración se sujetará a las siguientes reglas: El Gerente General será remunerado por sus funciones y el monto correspondiente será fijado por el Directorio. En caso de no haber directorio, su remuneración será fijada por la Junta Extraordinaria de Accionistas. El Gerente General podrá delegar por escritura pública parte de las facultades de administración de la sociedad en terceros”. Debe ser suprimidopor el siguiente: “La administración se sujetará a las siguientes reglas: El Gerente General podrá ser remunerado por sus funciones, y la cuantía de su remuneración será fijada por la Junta de Accionistas o por el Acuerdo de Accionistas. El Gerente General podrá delegar poderes para parte de las facultades de administración de la sociedad en terceros, y, asimismo, podrá delegar poderes para objetos determinados especialmente.”CUARTO: La única accionista acuerda modificar el actual estatuto y aceptar el texto refundido propuesto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de Julio de 2019.