PERSONAL HOLDING ORMEÑO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2019
- Repertorio
- 3560
- Notario
- PATRICIO HERNÁN CATHALIFAUD MOROSO
- Oficio
- 12° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO HERNÁN CATHALIFAUD MOROSO, chileno, abogado, Notario Público de la 12° Notaria de Santiago, con oficio en calle Teatinos 331, comuna de Santiago; Certifico: Por escritura pública de fecha 17 de Julio de 2019, bajo el repertorio N° 3.560, otorgada ante mí, señores PABLO ANDRES ORMEÑO FREDES, chileno, soltero, factor de comercio, c.i. N° 15.501.297-8, PEDRO NATALIO ORMEÑO SWANECK, chileno, casado y separado de bienes, factor de comercio, c.i. N° 5.550.346-K, ambos domiciliados en Avenida San Enrique N° 14.951, comuna de Lo Barnechea; don EMILIO ARMANDO PEDRO DOMINGO CARCAMO GUZMAN, chileno, soltero, factor de comercio, c.i. N° 7.294.452-6, domiciliado en Avenida Santa María N° 2.577, departamento 507, comuna de Providencia, y la sociedad ENTER SHOW ENTERTAINMENT SpA, Rut: 76.514.200-8, representada por don PABLO ANDRES ORMEÑO FREDES, chileno, soltero, factor de comercio, c.i. N° 15.501.297-8, ambos domiciliados en Santiago, Avenida San Enrique N° 14.951, comuna de Lo Barnechea, Modifican sociedad responsabilidad limitada, siguiente sentido: Uno) Don PABLO ANDRES ORMEÑO FREDES, es dueño del 80% de los derechos y capital social; y,don PEDRO NATALIO ORMEÑO SWANECK, es dueño del 20% de los derechos y capital social, son los únicos y actuales socios en los porcentajes citados de la sociedad PERSONAL HOLDING ORMEÑO LIMITADA, y con nombre de fantasía “SERPER LTDA.”, RUT: 77.988.460-0, Fue constituida por escritura pública de fecha 29 de Julio del año 2003, otorgada ante doña María Soledad Santos Muñoz, Notario Público Titular de la 4° Notaria de Antofagasta; cuyo extracto se inscribió a fojas 616 N° 460 del año 2003, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta; y se publicó en el Diario Oficial N° 37.643 del 25 de Agosto del 2003.- Dos) Los comparecientes citados en el numeral anterior declaran: a) que la sociedad al día de hoy se encuentra vigente; b) Duración plazo de 10 años y renovables automáticamente por periodos iguales de 5 años; c) Que su Capital actual es de $1.000.000., enterados en su totalidad en caja social; d) Y que su domicilio actual es en la ciudad de Santiago, Avenida San Enrique N° 14.951, comuna de Lo Barnechea; y vienen por este acto a modificarla en el siguiente sentido: 1) Se retira de la sociedad el socio don PABLO ANDRES ORMEÑO FREDES, y vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos ya citados a don EMILIO ARMANDO PEDRO DOMINGO CARCAMO GUZMAN, en la suma de $1.500.000.; 2) Se retira de la sociedad el socio don PEDRO NATALIO ORMEÑO SWANECK, y vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos ya citados a la sociedad ENTER SHOW ENTERTAINMENT SpA,, en la suma de $500.000., Dineros que los Cedentes, declaran recibir en su totalidad en este acto a su entera satisfacción.- Tres) En virtud presente modificación y a contar de esta fecha quedan como únicos socios don EMILIO ARMANDO PEDRO DOMINGO CARCAMO GUZMAN, con el 80% y la sociedad ENTER SHOW ENTERTAINMENT SpA, con el 20% de los derechos y capital social.- Cuatro) En virtud de la presente escritura los actuales socios vienen a modificar la escritura social primitiva y sus modificaciones en el siguiente sentido: Modifican la representación y el uso de la razón social que correspondía al socio que se retira y a contar de esta fecha corresponderá exclusivamente a don EMILIO ARMANDO PEDRO DOMINGO CARCAMO GUZMAN, quien anteponiendo a su firma la razón social de la sociedad o el nombre de fantasía, la representará con las más amplias facultades estipuladas para este cargo en la escritura social primitiva ya citada y sin limitaciones de ninguna especie, facultades que se entienden por expresamente reproducidas en este acto y que pasa a representar a contar de esta fecha.- Asimismo por este mismo acto revocan en su totalidad cualquier clase de poder, mandato y administración social, que se le hubiera conferido con anterioridad a este acto a los socios que se retiran.- En todo lo que no se modifica en este acto rige plenamente escritura social primitiva. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de Julio del año 2019.