CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PEQUEÑOS EN ACCIÓN SpA

CVE 1630790
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de julio de 2019
Repertorio
41337
Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
42° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto único la educación de en etapa preescolar. En cumplimiento de su objeto, podrá desarrollar centros de educación parvularia y velará por el cumplimiento de las condiciones de funcionamiento de los establecimientos en los cuales llevará a cabo su labor educativa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, Agustinas N°1070, 2º piso, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de julio de 2019, bajo Repertorio N° 41.337, ante mí, don Edgar David Rojas Vélez, don Juan Pablo Urzúa Torres y doña Cecilia Andrea Morales Reyes, constituyeron una sociedad por acciones estableciendo en sus estatutos los siguientes términos: Nombre: PEQUEÑOS EN ACCIÓN SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único la educación de en etapa preescolar. En cumplimiento de su objeto, podrá desarrollar centros de educación parvularia y velará por el cumplimiento de las condiciones de funcionamiento de los establecimientos en los cuales llevará a cabo su labor educativa. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, que se emiten, suscriben y pagan de la siguiente forma: /a/ don JUAN PABLO URZÚA TORRES, suscribe la cantidad de 250 acciones, equivalentes a la suma de $250.000, las que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo; /b/ don EDGAR DAVID ROJAS VÉLEZ, suscribe la cantidad de 250 acciones, equivalentes a la suma de $250.000, las que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo; y c) doña CECILIA ANDREA MORALES REYES, suscribe la cantidad de 500 acciones, equivalentes a la suma de $500.000, las que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de Julio de 2019.