CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS LIMITADA

CVE 1630387
Capital
$6.000 CLP
Fecha instrumento
29 de agosto de 2019

Instrumento

Fecha
29 de agosto de 2019
Notario
Marcel Mathieu Pommiez Ilufí
Domicilio
Cañete

Sociedad

Capital
$6.000 CLP
Domicilio
la comuna de Cañete

Objeto social

A.- Comprar y vender por cuenta propia o ajena toda clase de productos o artículos de belleza y estética. B.- Distribuir, importar, exportar toda clase de productos para cosmetología y estética. C.- Comprar, vender, distribuir, actuar como agente o comisionista, representante de empresas, industriales o comerciales, nacionales o extranjeras del rubro de productos o insumos de uso en peluquerías, manicure de uso profesional. D.- Comprar, vender, distribuir y en general comercializar productos cosméticos naturales orgánicos, E.- Instalar, administrar, explotar salones de belleza y mejoramiento estético y servicios de tratamiento estéticos integrales a las personas. F.- Para el cumplimiento de su objetivo la sociedad podrá comprar, vender y explotar a cualquier título, los rubros enunciados, y en general ejecutar todos los actos y celebrar todas las convenciones necesarias para el mejor cumplimiento del objetivo social, y todo ello sin perjuicio de cualquiera otros negocios que las socias acuerden en el futuro y que digan relación con los objetos señalados. El uso de la razón social, así como la administración y representación de la sociedad corresponderá a ambas socias quienes deberán actuar en forma conjunta

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Marcel Mathieu Pommiez Ilufí, abogado, Notario Público de Cañete, Esmeralda 280, certifico: Por escritura de hoy ante mí, doña Mirla Pablina Saravia Mathinson, sector Huechicura Bajo, Lote 10 - A - 3 y doña Helen Valeska Sáez Sánchez, Parcela N° 20, sector Peleco, ambas comuna de Cañete, constituyen y forman una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón social de “COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS LIMITADA”, nombre de fantasía “AIRES DE BELLEZA LTDA.” Domicilio: la comuna de Cañete, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero. Objeto: A.- Comprar y vender por cuenta propia o ajena toda clase de productos o artículos de belleza y estética. B.- Distribuir, importar, exportar toda clase de productos para cosmetología y estética. C.- Comprar, vender, distribuir, actuar como agente o comisionista, representante de empresas, industriales o comerciales, nacionales o extranjeras del rubro de productos o insumos de uso en peluquerías, manicure de uso profesional. D.- Comprar, vender, distribuir y en general comercializar productos cosméticos naturales orgánicos, E.- Instalar, administrar, explotar salones de belleza y mejoramiento estético y servicios de tratamiento estéticos integrales a las personas. F.- Para el cumplimiento de su objetivo la sociedad podrá comprar, vender y explotar a cualquier título, los rubros enunciados, y en general ejecutar todos los actos y celebrar todas las convenciones necesarias para el mejor cumplimiento del objetivo social, y todo ello sin perjuicio de cualquiera otros negocios que las socias acuerden en el futuro y que digan relación con los objetos señalados. El uso de la razón social, así como la administración y representación de la sociedad corresponderá a ambas socias quienes deberán actuar en forma conjunta. Capital: $6.000.000 que socias aportan, de la siguiente manera: La socia Mirla Pablina Saravia Mathinson aporta $3.000.000 que entera entregando a la sociedad el uso y goce del local comercial ubicado en calle Saavedra N° 1.210 de la ciudad de Cañete con todos los elementos, herramientas y muebles existentes en el él, aporte que se hace por el tiempo de duración de la sociedad. Este aporte es avaluado de común acuerdo en la suma de $ 3.000.000. La socia Helen Valeska Sáez Sánchez aporte la suma de $ 3.000.000 al contado en dinero efectivo, suma que ingresa en el mismo acto a la caja social. Los socios limitan sus responsabilidades hasta el monto de sus aportes respectivos. El plazo de duración de la sociedad será de 10 años contados desde la fecha de esta escritura. Se entenderá prorrogada su duración en forma automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno. Se facultó para inscribir. Demás cláusulas en escritura extractada. Cañete, 29 de agosto de 2019.