BORAGK DESARROLLO DE SISTEMAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de julio de 2019
- Repertorio
- 20719
- Notario
- ANDRES RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $13.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago de Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) El desarrollo de software para computadoras, y la venta en todas sus licencias de uso tanto en Chile como en el extranjero, B) La comercialización de productos y prestación de servicios relacionados con tecnologías de información, computación y sistemas a empresas, instituciones públicas o privadas, y particulares, y C) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y asociada o en coparticipación con terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36 Notaría Santiago, La Concepción 65, piso 2, Comuna de Providencia, Santiago, certifico por escritura pública de fecha 10 de julio de 2019, repertorio Nº 20.719, ante mi Notario Suplente Karina Flores Muñoz, don MARTIN GEORG BORAGK KLAPP, domiciliado en calle Andrés de Vera N° 5.001, departamento N° 208, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, don JULIO OSVALDO ZUÑIGA DE SPIRITO, domiciliado en Avenida Vitacura N° 6256, departamento N° 1.302 letra C, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, y don VICTOR ANDRES CALVO GIESEN, domiciliado en Avenida Cristóbal Colon N°6.465, departamento N° 308, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; transforman “BORAGK DESARROLLO DE SISTEMAS LIMITADA”, sociedad constituida por escritura pública de fecha 20 de noviembre del año 2002, otorgada en la Notaria de Santiago de don Felix Jara Cadot, inscrita a fojas 32.277, N° 26.127 del Registro de Comercio C.B.R. Santiago año 2002. Este acto los socios transforman sociedad de responsabilidad limitada en sociedad por acciones, según siguientes estatutos. RAZÓN SOCIAL: “BORAGK DESARROLLO DE SISTEMAS SPA ". OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) El desarrollo de software para computadoras, y la venta en todas sus licencias de uso tanto en Chile como en el extranjero, B) La comercialización de productos y prestación de servicios relacionados con tecnologías de información, computación y sistemas a empresas, instituciones públicas o privadas, y particulares, y C) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y asociada o en coparticipación con terceros. CAPITAL: El capital social, ascendente a la suma $13.000.000, dividido en 13.000.000 de acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas con anterioridad a este acto al tiempo en que la sociedad era una sociedad de responsabilidad limitada, en las siguientes proporciones: A) don JULIO OSVALDO ZUÑIGA DE SPIRITO, con el 1,5 por ciento del capital social, B) don VICTOR ANDRES CALVO GIESEN, con el 1,76 por ciento del capital social, y C) don MARTIN GEORG BORAGK KLAPP, con el 96,74 por ciento del capital social. En consecuencia, a) JULIO OSVALDO ZUÑIGA DE SPIRITO es titular de 195.000 acciones, las que se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha, b) VICTOR ANDRES CALVO GIESEN es titular de 228.800 acciones, las que se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha, y c) MARTIN GEORG BORAGK KLAP es titular de 12.576.200 acciones, las que se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha. DURACIÓN: indefinida. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de poder establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. - Santiago, 29 de julio de 2019.-