CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AVA TECHNOLOGY SpA

RUT 16514895-9 CVE 1630678
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de julio de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de julio de 2019
Notario
RENE BENAVENTE CASH
Oficio
45° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto social será: a) Desarrollar, Ejecutar, Fabricar, Instalar y Mantener, proyectos tecnológicos en el campo eléctrico y agrícola, forestal e industrial, además de toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; b) La venta de los productos fabricados dentro del giro c) La compra, venta, arriendo, importación, exportación y comercialización de estos y de productos industriales.; d) Servicios de Ingeniería, construcción, mantención, asesoramiento industrial, consultorías de proyectos de ingeniería y tecnología, sin ser excluyente de servicios de ingeniería industrial, civil y)o eléctrica, en general; e) Realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden; f) La celebración de toda clase de convenios con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, sea que se encuentren domiciliadas dentro o fuera del país, y en general la realización de actividades comerciales que los accionistas acuerden llevar a cabo, sea que estén relacionadas o no con las especificadas; g) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; h) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; i) Constituir y)o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida indistintamente por don Cristian Alfredo Lagos Oñate, don Juan Pablo Carrasco Miranda y don Mario Ignacio Espinoza Bravo, quienes actuaran anteponiendo su firma al nombre de la sociedad. Demás pactos escritura extractada. Santiago 26 de julio de 2019

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE BENAVENTE CASH, Notario Público Titular de la 45° Notaria de Santiago, Huérfanos 979, piso 7, Certifico: Por escritura pública de fecha 24 de julio de 2019, ante mí, don CRISTIAN ALFREDO LAGOS OÑATE, chileno, soltero, Ingeniero civil en obras civiles, C.I. N° 16.514.895-9, con domicilio en Pasaje El Laurel, N° 1759, La Florida, R.M.; don JUAN PABLO CARRASCO MIRANDA, chileno, soltero, Ingeniero Agrónomo, C.I. N° 16.389.801-2, con domicilio en calle los Damascos, N°9952, La Florida, R.M.; y don MARIO IGNACIO ESPINOZA BRAVO, chileno, soltero, Ingeniero de Ejecución en Computación e Informática y Ingeniero Civil Industrial, C.I. N° 16.476.072-3, con domicilio en calle Santa Inés, N° 1992, La Florida, R.M., quienes constituyeron Sociedad por Acciones "AVA TECHNOLOGY SpA" nombre de fantasía "AVA TEC SpA". OBJETO: El objeto social será: a) Desarrollar, Ejecutar, Fabricar, Instalar y Mantener, proyectos tecnológicos en el campo eléctrico y agrícola, forestal e industrial, además de toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; b) La venta de los productos fabricados dentro del giro c) La compra, venta, arriendo, importación, exportación y comercialización de estos y de productos industriales.; d) Servicios de Ingeniería, construcción, mantención, asesoramiento industrial, consultorías de proyectos de ingeniería y tecnología, sin ser excluyente de servicios de ingeniería industrial, civil y/o eléctrica, en general; e) Realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden; f) La celebración de toda clase de convenios con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, sea que se encuentren domiciliadas dentro o fuera del país, y en general la realización de actividades comerciales que los accionistas acuerden llevar a cabo, sea que estén relacionadas o no con las especificadas; g) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; h) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; i) Constituir y/o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los accionistas.- CAPITAL: $3.000.000.- y dividido en 30 acciones, con un valor nominal de $100.000.- por acción, todas de una misma serie, se suscribe y paga en este acto y en dinero efectivo íntegramente, de la siguiente manera: Don CRISTIAN ALFREDO LAGOS OÑATE, aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, e ingresados al haber social, la suma de $1.000.000.-, equivalentes a 10 acciones; Don JUAN PABLO CARRASCO MIRANDA, aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, e ingresados al haber social, la suma de $1.000.000.-, equivalentes a 10 acciones; y Don MARIO IGNACIO ESPINOZA BRAVO aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, e ingresados al haber social, la suma de $1.000.000.-, equivalentes a 10 acciones. Se da por enterado el capital, ingresando a la caja social. DURACION: duración de la sociedad será indefinida. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en cualesquier lugar del país o del extranjero. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida indistintamente por don Cristian Alfredo Lagos Oñate, don Juan Pablo Carrasco Miranda y don Mario Ignacio Espinoza Bravo, quienes actuaran anteponiendo su firma al nombre de la sociedad. Demás pactos escritura extractada. Santiago 26 de julio de 2019.-