AGRÍCOLA CHUMACO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2019
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde su constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola y)o forestal de predios agrícolas propios y)o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería u otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de ellos. Tendrá por objeto además la compra, venta, arriendo, permuta y, en general, la comercialización de todo tipo de maquinarias agrícolas y forestales, así como cualquier otra relacionada al giro de sus negocios. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por si misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón, con oficio en Av. Santa Rosa N°7.955, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de julio de 2019, ante mí, don EDUARDO GUILLERMO VALENZUELA PALOMO, don MATÍAS VALENZUELA WENDT, don FELIPE VALENZUELA WENDT y don TOMÁS VALENZUELA WENDT, todos domiciliados en Avenida Raúl Labbé N°12.613, oficina 501, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron una Sociedad de responsabilidad Limitada. Razón Social: AGRÍCOLA CHUMACO LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “AGRÍCOLA CHUMACO LTDA” o incluso “CHUMACO LTDA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería u otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de ellos. Tendrá por objeto además la compra, venta, arriendo, permuta y, en general, la comercialización de todo tipo de maquinarias agrícolas y forestales, así como cualquier otra relacionada al giro de sus negocios. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por si misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades e ingresar a ellas. Duración: La sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde su constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno. Capital: $1.000.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don EDUARDO GUILLERMO VALENZUELA PALOMO, aporta la suma de $10.000 equivalentes al 1% del capital social, los cuales pagará en dinero efectivo o en especies dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de escritura extractada, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios del consumidor entre esa fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; b) don MATIAS VALENZUELA WENDT, aporta la suma de $330.000 equivalentes al 33% del capital social, los cuales pagará en dinero efectivo o en especies dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de escritura extractada, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios del consumidor entre esa fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; c) don FELIPE VALENZUELA WENDT, aporta la suma de $330.000 equivalentes al 33% del capital social, los cuales pagará en dinero efectivo o en especies dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de escritura extractada, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios del consumidor entre esa fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; y, d) don TOMÁS VALENZUELA WENDT, aporta la suma de $330.000 equivalentes al 33% del capital social, los cuales pagará en dinero efectivo o en especies dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de escritura extractada, y que se reajustará según la variación que experimente el índice de precios del consumidor entre esa fecha y la fecha del aporte efectivo de dicho monto. Administración y Uso de Razón Social: corresponderá a los socios, quienes la ejercerán exclusivamente a través de don EDUARDO GUILLERMO VALENZUELA PALOMO quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 24 de julio de 2019. M. Medina R. Notario Público.