MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE SERVICIOS TURISTICOS MARIN Y MANSILLA LIMITADA

RUT 76478640-8 CVE 1629823
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de julio de 2019

Instrumento

Fecha
29 de julio de 2019
Notario
HERBERT JAMES MUNDY CASANOVA
Domicilio
Puerto Natales

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERBERT JAMES MUNDY CASANOVA, Notario Público Titular de Puerto Natales, oficio Carlos Bories 454, Oficina C, Puerto Natales, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí Suplente doña Karina Turra Sascó, el 26 del presente, doña ANGELA DEL TRÁNSITO MANSILLA MANSILLA, doña YASNA MARIBEL MARÍN MANSILLA, y doña ALEJANDRA MARGARITA MARÍN MANSILLA, todas domiciliadas para efectos de este contrato en calle Eberhard número trescientos cincuenta y cuatro de Puerto Natales, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD DE SERVICIOS TURISTICOS MARIN Y MANSILLA LIMITADA”, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos setenta y ocho mil seiscientos cuarenta-ocho, inscrita a fojas sesenta y tres vuelta número cuarenta y tres del Registro de Comercio de Puerto Natales correspondiente al año dos mil cinco, cuyo capital vigente de la sociedad a esta fecha es la suma de $2.000.000, en los siguientes términos: Que con fecha doce de Febrero de dos mil diecinueve se produjo el fallecimiento del socio don MANUEL MARÍN, siendo los únicos herederos de sus bienes su cónyuge sobreviviente doña ANGELA DEL TRÁNSITO MANSILLA MANSILLA y sus hijas doña YASNA MARIBEL MARÍN MANSILLA, y doña ALEJANDRA MARGARITA MARÍN MANSILLA, según consta de certificado de Posesión Efectiva de la Herencia, otorgado con fecha nueve de Julio de dos mil diecinueve, por Resolución Exenta número seiscientos tres de fecha once de Marzo de dos mil diecinueve, del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación Chile, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, Inscripción Nacional número diecisiete mil cuatrocientos diez de dos mil diecinueve, por lo que en consecuencia a la fecha, y según lo dispuesto en la cláusula NOVENO de la escritura constitutiva, los únicos socios de la sociedad “SOCIEDAD DE SERVICIOS TURISTICOS MARIN Y MANSILLA LIMITADA”, son doña ANGELA DEL TRÁNSITO MANSILLA MANSILLA, doña YASNA MARIBEL MARÍN MANSILLA, y doña ALEJANDRA MARGARITA MARÍN MANSILLA. Asimismo, conforme a las normas de sucesión intestada y respecto de los derechos sociales del causante, las partes declaran que a doña ANGELA DEL TRÁNSITO MANSILLA MANSILLA, le corresponde un cuarenta y cinco por ciento en los derechos sociales, sin perjuicio de sus derechos adquiridos con anterioridad que corresponden a un diez por ciento en los derechos sociales, lo que suma un total de cincuenta y cinco por ciento en los derechos sociales; a doña YASNA MARIBEL MARÍN MANSILLA le corresponde un veintidós coma cinco por ciento en los derechos sociales, y a doña ALEJANDRA MARGARITA MARÍN MANSILLA, le corresponde un veintidós coma cinco por ciento en los derechos sociales. Las partes aceptan y ratifican los referidos porcentajes. Los socios referidos anteriormente por sí, vienen en modificar la sociedad en cuanto a la composición de sus integrantes, habiendo acordado unánimemente aceptar el ingreso de doña YASNA MARIBEL MARÍN MANSILLA y doña ALEJANDRA MARGARITA MARÍN MANSILLA a la sociedad y de doña ANGELA DEL TRÁNSITO MANSILLA MANSILLA, quien ya pertenece a la sociedad. Las actuales socios de la sociedad, esto es doña ANGELA DEL TRÁNSITO MANSILLA MANSILLA, doña YASNA MARIBEL MARÍN MANSILLA, y doña ALEJANDRA MARGARITA MARÍN MANSILLA, introducen las siguientes modificaciones a la sociedad. Se modifica la cláusula cuarta del pacto social constitutivo relativa a la administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía que corresponderá exclusivamente al socio doña ANGELA DEL TRÁNSITO MANSILLA MANSILLA, amplias facultades que constan en escritura. Se modifica la cláusula séptima del pacto social constitutivo por la siguiente: "SEPTIMO: Las utilidades y eventuales pérdidas y el capital social, se repartirán entre los socios en los siguientes porcentajes: doña ANGELA DEL TRÁNSITO MANSILLA MANSILLA, en un cincuenta y cinco por ciento, doña YASNA MARIBEL MARÍN MANSILLA, en un veintidós coma cinco por ciento, y doña ALEJANDRA MARGARITA MARÍN MANSILLA, en un veintidós coma cinco por ciento. Asimismo los socios limitan su responsabilidad en el capital social, en los porcentajes señalados.". En todo lo no modificado, queda vigente en todas sus partes el pacto social constitutivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Natales 29 de Julio de 2019.