CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL E INVERSIONES PERUSINA LIMITADA

RUT 5819842-0 CVE 1629880
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de julio de 2019

Instrumento

Fecha
25 de julio de 2019
Notario
EDISON GUILLERMO TRINCADO CORDOVA
Domicilio
este departamento

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDISON GUILLERMO TRINCADO CORDOVA, Abogado y Notario Público Titular de este departamento, con oficio en calle Curapalihue número cuatrocientos cincuenta y uno: certifico por escritura de fecha 25 de julio de 2019, ante mí, VICENTE EUGENIO PERUSINA CARO, Agricultor, carné 5.819.842-0, domiciliado en Fundo San Joaquín Llancanao sin numero, Linares, y NIKOLA OSVALDO PERUSINA CATRILEO, Empresario, carné 16.473.752-7, en Fundo San Joaquín Llancanao sin numero, Linares, constituyeron una Sociedad Comercial e Inversiones de Responsabilidad Limitada con nombre o razón social SOCIEDAD COMERCIAL E INVERSIONES PERUSINA LIMITADA, cuyo nombre de fantasía será CONSTRUCTORA PERUSINA LIMITADA; el objeto de la sociedad construcción de edificios, construcción de edificios para uso residencial, construcción de carreteras y líneas de ferrocarril, construcción de proyectos de servicio público, construcción de otras obras de ingeniería civil, demolición y preparación del terreno, demolición, preparación del terreno, instalaciones eléctricas, de gasfitería y otras instalaciones para obras de construcción, instalaciones eléctricas, instalaciones de gasfitería, calefacción y aire acondicionado, otras instalaciones para obras de construcción, terminación y acabado de edificios, otras actividades especializadas de construcción, otras actividades especializadas de construcción, prestar asesorías técnicas en construcción, realizar estudios, elaboración y concreción de proyectos de factibilidad, técnicos, económicos relacionados con la construcción, la compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos de construcción; y, en general, la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con la actividad construcción, arriendo de maquinaria, que acuerden o determinen los socios y, en general, toda clase de actividades relacionadas o no y que acuerde el compareciente, además la Sociedad podrá desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: [a) la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; b) La realización de inversiones en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, títulos de crédito, derechos litigiosos, bienes raíces urbanos o agrícolas y; la realización de toda clase de actividades que se relacionen con la asesoría de negocios, las comunicaciones, publicidad y la realización de inversiones que acuerden los socios; c) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; d) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y e) cualquier otra actividad que acuerden los socios; capital $5.000.000, socios aportan en los siguientes montos, don VICENTE EUGENIO PERUSINA CARO aporta $250.000 y don NIKOLA OSVALDO PERUSINA CATRILEO aporta 4.750.000. El domicilio será en Linares, El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a los socios actuando separadamente, con las facultades que se indican. Plazo de 5 años que se renovará tácita, sucesiva e indefinidamente por períodos iguales. Las socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Linares, a 29 de Julio de 2019.