CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria La Cisterna Limitada

CVE 1630306
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de julio de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de julio de 2019
Notario
LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR
Domicilio
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Viña del Mar
Duración
La duración de la sociedad será de 30 meses, contados desde la fecha de la escritura

Objeto social

El objeto de la sociedad será vender a un tercero no relacionado con las socias un terreno fusionado con Permiso de Obra Nueva para desarrollar un Proyecto de tipo habitacional, permiso que se deberá aprobar por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, en base a la Resolución de Anteproyecto número cuarenta y seis guion dieciocho, de fecha cuatro de octubre del año dos mil dieciocho, emitida por la referida Dirección de Obras. En general, podrá realizar todo otro negocio que se relacione directa o indirectamente con el fin descrito. Los lotes a fusionar serán los ubicados en calle Industrias número ocho mil setecientos sesenta y uno, de propiedad de Inmobiliaria Petrohué Limitada y los de calle Augusto Biaut número cero novecientos cuarenta y ocho y de Avenida Américo Vespucio número cero mil ciento treinta y tres, éstos últimos de dominio de Metalmecánica Incosol Limitada, todos de la comuna de La Cisterna, los cuales, con el propósito de poder cumplir con el objeto social, serán vendidos por las socias a la sociedad que por el presente instrumento se constituye

Administración

El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don Benjamín Eduardo Solari Floody y a doña Paula Andrea Solari Floody, quienes actuando conjunta o separadamente anteponiendo la razón social a su firma personal, actuarán por la sociedad, la obligarán y representarán con las facultades y limitaciones que se indican, pudiendo realizar todas las operaciones necesarias para el desarrollo del giro social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en 12 Norte 785, piso 3, certifica : Por escritura pública de fecha 24 de julio de 2019, ante mí, Inmobiliaria Petrohué Limitada, representada por Prestadora de Servicios Profesionales Intra Holding Solari Limitada, ejercida a través de doña Paula Andrea Solari Floody y Metalmecánica Incosol Limitada, representada por don Héctor Andrés Granadino Cerda constituyen sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social : “Inmobiliaria La Cisterna Limitada”. Administración: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don Benjamín Eduardo Solari Floody y a doña Paula Andrea Solari Floody, quienes actuando conjunta o separadamente anteponiendo la razón social a su firma personal, actuarán por la sociedad, la obligarán y representarán con las facultades y limitaciones que se indican, pudiendo realizar todas las operaciones necesarias para el desarrollo del giro social. OBJETO SOCIAL. El objeto de la sociedad será vender a un tercero no relacionado con las socias un terreno fusionado con Permiso de Obra Nueva para desarrollar un Proyecto de tipo habitacional, permiso que se deberá aprobar por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, en base a la Resolución de Anteproyecto número cuarenta y seis guion dieciocho, de fecha cuatro de octubre del año dos mil dieciocho, emitida por la referida Dirección de Obras. En general, podrá realizar todo otro negocio que se relacione directa o indirectamente con el fin descrito. Los lotes a fusionar serán los ubicados en calle Industrias número ocho mil setecientos sesenta y uno, de propiedad de Inmobiliaria Petrohué Limitada y los de calle Augusto Biaut número cero novecientos cuarenta y ocho y de Avenida Américo Vespucio número cero mil ciento treinta y tres, éstos últimos de dominio de Metalmecánica Incosol Limitada, todos de la comuna de La Cisterna, los cuales, con el propósito de poder cumplir con el objeto social, serán vendidos por las socias a la sociedad que por el presente instrumento se constituye. Capital: El capital social asciende a la suma de $10.000.000, aportados por los socios en la siguiente forma y proporción: Uno) La socia Inmobiliaria Petrohué Limitada con $6.808.247, que se enteran en el acto, de contado, ingresando dicha cantidad en arcas sociales. Dos) La socia Metalmecánica Incosol Limitada con $3.191.753, que se enteran en el acto, de contado, ingresando dicha cantidad en arcas sociales. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Viña del Mar, sin perjuicio de las agencias o sucursales que acordaren abrir en otras localidades del país. Duración: La duración de la sociedad será de 30 meses, contados desde la fecha de la escritura, sin perjuicio de las causales de disolución de la sociedad que se establecen en la cláusula novena. Limitación de responsabilidad: La responsabilidad de las socias queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 29 de julio del año 2019.