Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2002
- Repertorio
- 10637-2019
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $61.575.197 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago de Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
(a) la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles, valores mobiliarios, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva, de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objetivo la sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades nacionales o extranjeras; (b) la administración de inversiones mobiliarias e inmobiliarias de toda clase; (c) la adquisición, enajenación, comercialización transformación, arrendamiento, subarrendamiento y)o explotación de bienes raíces en cualquiera forma; (d) el desarrollo de negocios inmobiliarios de toda clase, ya sea en forma directa o a través de inversiones en otras sociedades; y (e) la construcción y reparación de bienes raíces y la comercialización en cualquier forma de los activos de la sociedad. Además, podrá efectuar todas aquellas operaciones que no se opongan a los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad en calle Huérfanos Nº 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica, con fecha 28 de junio de 2019, ante la Notario Suplente, Verónica Torrealba Costabal, doña Paulina Herrera García, cédula nacional de identidad N°6.376.872-3, domiciliada en calle Padre Hurtado Central N°1531, Edificio A, oficina 405, Las Condes, Santiago, como única accionista, bajo el repertorio N°10.637-2019 redujo a escritura públicaActade Junta Extraordinaria de Accionistas de “CONTACTOCHILE SpA”, inscrita a fojas 4.299 número 3.442 del Registro de Comercio de Santiago año 2002, celebrada el 24 de enero 2002, ante mí. Se encontraban presentes 100% de las acciones con derecho a voto y se adoptaron los siguientes acuerdos: Uno) Se acordó dividir CONTACTOCHILE SpA en dos sociedades por acciones, a saber, la continuadora de la actual para todos los efectos legales, que seguirá denominándose CONTACTOCHILE SpA, y una nueva sociedad que se denominará CALLE NUEVA SpA. Dos) Se aprobó los estatutos de CALLE NUEVA SpA, el que se extracta como sigue: Accionista: Paulina Herrera García, cédula nacional de identidad N°6.376.872-3, domiciliada en calle Padre Hurtado Central N°1531, Edificio A, oficina 405, Las Condes, Santiago. Nombre: CALLE NUEVA SpA. Domicilio: La ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: (a) la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles, valores mobiliarios, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva, de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objetivo la sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades nacionales o extranjeras; (b) la administración de inversiones mobiliarias e inmobiliarias de toda clase; (c) la adquisición, enajenación, comercialización transformación, arrendamiento, subarrendamiento y/o explotación de bienes raíces en cualquiera forma; (d) el desarrollo de negocios inmobiliarios de toda clase, ya sea en forma directa o a través de inversiones en otras sociedades; y (e) la construcción y reparación de bienes raíces y la comercialización en cualquier forma de los activos de la sociedad. Además, podrá efectuar todas aquellas operaciones que no se opongan a los estatutos sociales. Capital: $61.575.197, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, las que se encuentran totalmente suscritas y pagadas en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio. El capital de la sociedad y sus eventuales aumentos podrán pagarse tanto en dinero efectivo como también con otros bienes, activos, créditos, valores, derechos sociales o acciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de julio de 2019.