CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTES GOTRA SpA

CVE 1629183
Fecha instrumento
18 de julio de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2019
Repertorio
9991
Notario
MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
Séptima Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

la sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1161, entrepiso, certifico: Por escritura pública de fecha 18 de Julio de 2019, Repertorio N° 9991, ante mí, MANUEL MAURICIO QUIROZ BUSTOS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, transportista, domiciliado en calle Piloto Guillaumet número veinte ocho, comuna de La Cisterna, Región Metropolitana, cédula nacional de identidad número doce millones setecientos noventa mil treinta y cuatro guion cinco, constituye Sociedad Por Acciones denominada “TRANSPORTES GOTRA S.p.A..”, nombre de fantasía “GOTRA S.p.A.”.- Domicilio: La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero - Duración: La duración de la sociedad será indefinida.- Objeto: la sociedad tendrá por objeto: el desarrollo de la actividad de transporte por vía terrestre de todo tipo de carga, de todo tipo de bienes, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional en vehículos que la Sociedad disponga a cualquier título, así como la representación de servicios relacionados directa o indirectamente con lo anterior, sea en las actividades agrícolas, forestales, de la construcción, de comercio, industriales, y en general, de todo aquel que el socio acuerde sin limitación alguna.- Capital: suma de un millón de pesos, que se aporta en la siguiente forma: dividido en mil acciones nominativas, todas de una misma serie y valor y sin valor nominal, que se suscribirá y pagará en la forma que se señale en los artículos transitorios.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago 25 de julio de 2019.