MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD URBANA METROPOLITANA SpA

RUT 76532403-3 CVE 1629661
Fecha instrumento
18 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2019
Notario
OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
Oficio
31. Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31. Notaría Santiago, Huérfanos 1055, local 328; Certifico: Por escritura pública hoy ante mí doña MARIAJESUS ALEJANDRA NAVARRO MENDOZA, cedula de identidad número dieciséis millones doscientos diecisiete mil doscientos doce guión tres, viene en reducir a escritura pública la siguiente acta: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS SOCIEDAD URBANA METROPOLITANA SpA. o SOCIEDAD SUM SpA., Rut: 76.532.403-3; Presidio la reunión don Nicolás Octavio Cabezas Sandoval y actúo como secretaria doña Mariajesus Alejandra Navarro Mendoza. OBJETO De La Junta.- El Presidente expresa que la presente Junta ha sido convocada para pronunciarse sobre la siguiente materia, que por este acto acuerda incluirla en la tabla: Uno.- Nueva Administradora de la Sociedad.- Dos.- Cesión de acciones. ACUERDOS.- Respecto al Punto Uno de la Tabla: Los socios accionistas, tras un breve debate, y en virtud de que la actual situación de la sociedad, deciden designar un nuevo administrador de la sociedad, por lo que a partir de la presente junta será asumida única y exclusivamente por doña AIDA DEL PILAR SANDOVAL FERRADA, cedula de identidad número 8.361.419-6. Quien tendrá todas y cada una de las facultades establecidas en la clausula cuarta del pacto social, las cuales para estos efectos se tienen por reproducidas para todos los efectos legales, sin necesidad de transcripción de las mismas.- Respecto al Punto Dos de la Tabla: Materia no extractable. La Junta faculta especialmente a doña MARIAJESUS ALEJANDRA NAVARRO MENDOZA, cedula de identidad número dieciséis millones doscientos diecisiete mil doscientos doce guión tres para protocolizar o reducir la presente acta a escritura pública y, mediante copia autorizada o extractos de ella. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de Julio de 2019.