MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD NOVOA Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 78174760-2 CVE 1629524
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de julio de 2019

Instrumento

Fecha
22 de julio de 2019
Notario
EXTRACTO.Ramón García Carrasco
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EXTRACTO.Ramón García Carrasco, Notario Público Concepción, Oficio Rengo 444, certifica: por escritura pública de fecha 22/07/2019, ante mi don IVAN COSME NOVOA PEZO, chileno, ingeniero, cédula de identidad número 4.627.461-k, casado pero totalmente separado de bienes, quien comparece por sí y en representación de la “SOCIEDAD NOVOA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, persona jurídica del giro de capacitación, Rut 78.174.760-2, domiciliados en Avenida Cristóbal Colon 2965, comuna de Talcahuano.- PRIMERO: Que los comparecientes son los únicos y actuales socios de la sociedad denominada “SOCIEDAD DE CAPACITACION IVAN NOVOA PEZO Y COMPAÑÍA LIMITADA” o “CENTRO DE CAPACITACION CAPYDESIII LIMITADA”, o “CAPYDESIII LTDA”, persona jurídica del giro de capacitación, Rut 76.499.983-5.- Los estatutos de la sociedad constan en la escritura púbica de fecha 30 de noviembre de 2015, otorgada en la notaria de la Ciudad de Concepción servida por don Carlos Miranda Jiménez , cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial del 3 de diciembre de 2015, inscribiéndose a fojas 2.968, bajo el número 2.407, del Registro de Comercio de Concepción de 2015.- SEGUNDO: Por éste instrumento, los comparecientes vienen en introducir en la referida sociedad las siguientes modificaciones: a) El socio don IVAN COSME NOVOA PEZO , vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a don SEBASTIAN ANTONIO PRINA NOVOA, soltero, técnico en enfermería, Run: 18.411.573-5, domiciliado en avenida Cristóbal Colon, 2965, comuna de Talcahuano , quien compra, acepta y adquiere para sí, y pagaderos en la suma de $5.000.000, que completa y paga con un $1.000.000 al contado y en dinero efectivo e ingresado a la caja social y con $4.000.000 pagaderos en 10 cuotas iguales y sucesivas de $400.000 cada una , enteradas a partir del último día hábil del mes siguiente a aquel que corresponda al de suscripción de la presente escritura de modificación de la sociedad, haciéndose cargo la parte cesionaria también de las obligaciones, facultades y limitaciones que correspondía al cedente en esta sociedad; B) y por este acto también el socio “NOVOA Y COMPAÑÍA LIMITADA“ o “CAPYDES LTDA.” vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a doña EMMA CECILIA DEL CARMEN BUSTAMANTE PEREDO ,casada en régimen de separación total de bienes, empresaria, Run 6.772.844-0, domiciliada en Avenida Cristóbal Colon dos mil novecientos sesenta y cinco, Talcahuano , quien compra, acepta y adquiere para sí, y pagaderos en la suma de $10.000.000, que completa y paga con $2.000.000 al contado y en dinero efectivo e ingresado a la caja social y con $8.000.000 pagaderos en 10 cuotas iguales y sucesivas de $800.000 cada una , enteradas a partir del último día hábil del mes siguiente a aquel que corresponda al de suscripción de la presente escritura de modificación de la sociedad, haciéndose cargo la parte cesionaria también de las obligaciones, facultades y limitaciones que correspondía al cedente en esta sociedad. TERCERO: En la forma expresada, quedan entonces como únicos socios don SEBASTIAN ANTONIO PRINA NOVOA con una participación de 10% y doña EMMA CECILIA DEL CARMEN BUSTAMANTE PEREDO, con el 90% de capital social. El capital social queda en la suma de $15.000.000.- CUARTO: la administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a don SEBASTIAN ANTONIO PRINA NOVOA y a doña EMMA CECILIA DEL CARMEN BUSTAMANTE PEREDO, quienes podrán actuar en forma conjunta o separadamente para obligar a la sociedad y tendrán las más amplias facultades, ante cualquier persona o autoridad.- QUINTO: En lo no modificado, conservan plena vigencia estipulaciones estatuto social aludido. Demás antecedentes escritura extractada. SEXTO: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de los respectivos aportes.- Concepción, 25 de julio de 2019.