SOCIEDAD AGRÍCOLA NUEVA FRUTA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de julio de 2019
- Repertorio
- 2219/2019
- Notario
- ante don René León Manieu
- Domicilio
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $50.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD AGRÍCOLA NUEVA FRUTA LIMITADA | socio | 76655540-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DEL CAMPO VIAL, Notario Curicó, Estado 282, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de Julio de 2019, otorgada ante mí: don JOSÉ ALBERTO PINO ARRATIA, domiciliado en Calle Alberto Valenzuela Llanos número 303, comuna y provincia de Curicó, Región del Maule; don CLAUDIO ANTONIO JIMÉNEZ URQUIETA, domiciliado en Los Pircas número 181, comuna y provincia de Curicó, Región del Maule; don PATRIK EDUARDS ARAVENA ALIAGA, domiciliado en calle Carmen número 775, Oficina 707, comuna y provincia de Curicó, Región del Maule y don XINLEI FAN, domiciliado en Calle Alicura número 4349, comuna de Santiago, Región Metropolitana; modificaron “SOCIEDAD AGRÍCOLA NUEVA FRUTA LIMITADA”, Rol Único Tributario Nº 76.655.540-3, que por escritura pública fecha 07 de septiembre de 2006, ante don René León Manieu, Notario Público Titular de Curicó, don José Alberto Pino Arratia y don Claudio Antonio Jiménez Urquieta constituyeron una Sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD AGRÍCOLA NUEVA FRUTA LIMITADA”, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 26 de septiembre de 2006, inscribiéndose a fojas 497 Número 431 del Registro De Comercio de Curicó, del año 2006.- Posteriormente, por escritura pública de fecha 23 de noviembre de 2006, otorgada don René León Manieu, Notario Público Titular de Curicó, don José Alberto Pino Arratia y don Claudio Antonio Jiménez Urquieta, modificaron la SOCIEDAD AGRÍCOLA NUEVA FRUTA LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 76.655.540-3, aumentando su capital social, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 12 de diciembre de 2006, inscribiéndose a fojas 623 Número 537 del Registro De Comercio de Curicó, del año 2006.- Posteriormente, por escritura pública de fecha 31 de mayo de 2019, otorgada don Eduardo Del Campo Vial, Notario Público Titular de Curicó, don José Alberto Pino Arratia y don Claudio Antonio Jiménez Urquieta, modificaron la SOCIEDAD AGRÍCOLA NUEVA FRUTA LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 76.655.540-3, modificando el pacto social primitivo cediendo parte de su participación social a don Patrik Eduards Aravena Aliaga, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 14 de junio de 2019, inscribiéndose a fojas 717 Número 429 del Registro De Comercio de Curicó, del año 2019. Modificación: don PATRIK EDUARDS ARAVENA ALIAGA, quien de acuerdo al pacto social es dueño del Cincuenta por ciento (50%) de los derechos sociales, viene en vender, ceder y transferir de común acuerdo, a don XINLEI FAN, el Veinticinco por ciento (25%) de los derechos sociales de que es dueño sobre la sociedad.- El precio total para la cesión es la suma de SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, ($77.500.000), valor que don XINLEI FAN, paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando conjuntamente don PATRIK EDUARDS ARAVENA ALIAGA recibirlo a su entera conformidad y que nada se le adeuda. Quedan como únicos socios de la “SOCIEDAD AGRÍCOLA NUEVA FRUTA LIMITADA”, Rol Único Tributario Nº 76.655.540-3: don JOSÉ ALBERTO PINO ARRATIA, con un VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la participación social, don PATRIK EDUARDS ARAVENA ALIAGA, con un VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la participación social, don CLAUDIO ANTONIO JIMÉNEZ URQUIETA, con un VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la participación social, don XINLEI FAN, con un VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la participación social, que se reflejan tanto en el capital social, en el reparto de utilidades y en la concurrencia a las eventuales pérdidas sociales. Queda en consecuencia limitada la responsabilidad de cada cual al monto de los respectivos aportes. En virtud de la cesión antes indicada, los actuales socios vienen en ratificar que la administración y el uso de la razón social corresponderá a don PATRIK EDUARDS ARAVENA ALIAGA de forma conjunta con cualquiera de los socios, don JOSÉ ALBERTO PINO ARRATIA o don CLAUDIO ANTONIO JIMÉNEZ URQUIETA; es decir, actuando don PATRIK EDUARDS ARAVENA ALIAGA con uno u otro de los señalados, ante cualquier hecho, podrán obligar a la sociedad en todos los actos y negocios jurídicos que celebren por ella, con tan solo anteponer la razón social a ambas firmas. En este acto los socios señalados quedan expresamente facultados para Auto contratar en toda clase de actos o contratos.- El capital social es la suma ascendente a CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($50.000.000).- En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social original. Demás estipulaciones en escritura pública extractada Repertorio Nº2219/2019.- Curicó, 25 de Julio de 2019.