MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS PARA LA COPROPIEDAD LIMITADA

RUT 76454539-7 CVE 1629445
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de julio de 2015

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2015

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, FILOMENA DEL PILAR DURÁN PAREDES, con domicilio en Avenida Salvador número dos mil novecientos setenta y dos, departamento trescientos dos, comuna de Ñuñoa, MARTÍN ANDRÉS MORALES BARAHONA, con domicilio en calle La Medialuna número veinte mil novecientos sesenta y uno, condominio Pórtico del Valle, Ciudad de Los Valles, comuna de Pudahuel, y MÓNICA MIREYA MIRANDA MEZA, con domicilio en calle La Medialuna número veinte mil novecientos sesenta y uno, condominio Pórtico del Valle, Ciudad de Los Valles, comuna de Pudahuel. Por escritura pública de fecha 18 de julio de 2015, otorgada ante Notario Público señor Sergio Jara Catalán, se constituyó sociedad SERVICIOS PARA LA COPROPIEDAD LIMITADA, cuyo extracto se inscribió Registro Comercio de Santiago a fojas 54.611 número 31.801, del año 2015. Capital social $1.000.000. Por este instrumento los comparecientes vienen en introducir al pacto social la siguiente modificación: doña FILOMENA DEL PILAR DURÁN PAREDES, vende, cede, y transfiere a don MARTÍN ANDRÉS MORALES BARAHONA, el 95% de sus derechos sociales, y a doña MÓNICA MIREYA MIRANDA MEZA, el 5% por ciento de sus derechos, que poseen en la sociedad, quienes aceptan y adquieren para sí dicho porcentaje de los derechos sociales. Como consecuencia de lo anterior, el capital de la sociedad queda distribuido de la siguiente forma: don MARTÍN ANDRÉS MORALES BARAHONA, le corresponde el 95% de los derechos sociales, y a doña MÓNICA MIREYA MIRANDA MEZA, le corresponde el 5% de los derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de $500.000, precio que se paga a doña FILOMENA DEL PILAR DURÁN PAREDES, de la siguiente manera: don MARTÍN ANDRÉS MORALES BARAHONA, paga en este acto y en dinero efectivo la cantidad de $475.000, por el noventa y cinco por ciento de los derechos sociales, y doña MÓNICA MIREYA MIRANDA MEZA, paga en este acto y en dinero efectivo la cantidad de $25.000, por el cinco por ciento de derechos sociales. En todo lo no modificado en el presente instrumento seguirán vigente las estipulaciones del pacto social, que constan en la escritura pública de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago a 18 de Julio de 2019.