DISOLUCIÓN Sociedad por Acciones

Malalhue SpA

RUT 76948553-8 CVE 1629587
Fecha instrumento
8 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de julio de 2019
Repertorio
14711-2019
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34 Notaría Santiago, domiciliado Luis Thayer Ojeda N° 359, Providencia, Santiago, certifico: en Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 8 de julio de 2019, cuya acta fue reducida a escritura pública con fecha 8 de julio de 2019, Repertorio N° 14.711-2019, ante mí, María Soledad Chacón Wilsin y don Luis Osvaldo Chachón Figueroa, con domicilio para estos efectos en Av. Apoquindo 3721, piso 14, Las Condes, Santiago; únicos y actuales accionistas de sociedad por acciones denominada MALALHUE SpA (RUT N° 76.948.553-8; e inscrita Fs. 84965, N°43568 Reg. Comercio Stgo. 2018;en adelante la “Sociedad”) acordaron lo siguiente: (Uno) Dejar sin efecto el aumento de capital acordado mediante la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 4 febrero de 2019 y reducida a escritura pública de la misma fecha, otorgada en la Notaria de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escala, bajo el repertorio N°963/2019; (Dos) En consideración del acuerdo precedente, modificar los Artículos Quinto y el Primero Transitorio de los estatutos sociales, pertinentes al capital social, que quedan como sigue: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos.”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: SUSCRIPCIÓN Y PAGO DEL CAPITAL. El capital de la Sociedad, ascendente a dos millones de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado por la única y actual accionista doña María Soledad Chacón Wilson."; (Tres) Dar cuenta del término de giro de la sociedad y del cumplimiento de sus obligaciones triburias; (Cuatro) Disolver la Sociedad a contar de la fecha de la escritura. Se practicó liquidación en forma inmediata.- Demas estipluaciones constan de escritura extractada.- Santiago, 24 de julio de 2019.- Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público Titular.