Instrumento
- Fecha
- 24 de julio de 2019
- Notario
- Marco Francisco Urenda Bilicic
- Oficio
- Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
a) la compra, venta, importación, exportación, suministro, instalación y mantención de toda clase de bienes, especialmente, todo tipo de equipos de eficiencia energética y equipos tecnológicos para proyectos públicos o privados; b) La presentación de asesorías y representaciones en proyectos relacionados con el área de la eficiencia energética y toda clase de tecnologías, tanto en Chile como en el extranjero; c) La realización de estudios de ingeniería en proyectos relacionados con el área de la eficiencia energética y tecnologías de todo tipo; d) El desarrollo de toda clase de negocios e inversiones, por cuenta propia o ajena, y que se relacionan con los puntos anteriores; e) realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; f) la participación como inversionista en toda clase de negocios o empresas o el desarrollo de los mismos por cuenta propia o en asociación con terceros con fines rentísticos; y g) en general, la ejecución de todos los actos y celebración de todos los contratos que los socios estimen pertinentes. Administración, uso, y representación de la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMarco Francisco Urenda Bilicic, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, domiciliado en Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 24 de julio de 2019, otorgada ante mí; Itelecom Holding Chile SpA., representada por León Marcelo Lefort Hernández, ambos domiciliados para estos efectos en Monseñor Sotero Sanz N°100, oficina 501, Providencia, Santiago, constituye sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Razón Social: “GO+ Negocios Públicos Dos SpA”. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por Itelecom Holding Chile SpA. Objeto: a) la compra, venta, importación, exportación, suministro, instalación y mantención de toda clase de bienes, especialmente, todo tipo de equipos de eficiencia energética y equipos tecnológicos para proyectos públicos o privados; b) La presentación de asesorías y representaciones en proyectos relacionados con el área de la eficiencia energética y toda clase de tecnologías, tanto en Chile como en el extranjero; c) La realización de estudios de ingeniería en proyectos relacionados con el área de la eficiencia energética y tecnologías de todo tipo; d) El desarrollo de toda clase de negocios e inversiones, por cuenta propia o ajena, y que se relacionan con los puntos anteriores; e) realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; f) la participación como inversionista en toda clase de negocios o empresas o el desarrollo de los mismos por cuenta propia o en asociación con terceros con fines rentísticos; y g) en general, la ejecución de todos los actos y celebración de todos los contratos que los socios estimen pertinentes. Administración, uso, y representación de la razón social: le corresponderá únicamente a Itelecom Holding Chile SpA., quien la ejercerá a través de uno o más apoderados cuya designación y remoción se efectuará por escritura pública o por instrumento protocolizado. Disolución: La sociedad se disolverá por acuerdo de la Junta de Accionistas, por sentencia judicial ejecutoriada o por aquellas causas contempladas en la ley, la sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en una sola persona. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del Extracto para legalización. Santiago, 25 de julio de 2019.