CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Distribuidora Las Limas SpA

CVE 1629399
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de julio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2019
Notario
Raúl Undurraga Laso
Oficio
29ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será: /a) la compra, venta, distribución, comercialización y representación en cualquier forma de productos, insumos o artículos de limpieza, desinfección y aseo doméstico; /b) la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos; y c) en general, la realización de cualquier otro negocio que los accionistas acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Raúl Undurraga Laso, Notario Público, titular de la 29ª Notaría de Santiago, domiciliado en calle Mac-Iver 225, oficina 302, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 18 de julio de 2019, ante mí, don Sebastián Wilson Tirado, domiciliado en calle Las Limas 1654, comuna de Las Condes, Santiago, constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: Distribuidora Las Limas SpA. Accionista: Sebastián Wilson Tirado. Objeto: El objeto de la sociedad será: /a/ la compra, venta, distribución, comercialización y representación en cualquier forma de productos, insumos o artículos de limpieza, desinfección y aseo doméstico; /b/ la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos; y c) en general, la realización de cualquier otro negocio que los accionistas acuerden. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por don Sebastián Wilson Tirado, quien suscribió 1.000 acciones, las que pagó en el acto de constitución de la sociedad con la suma de $1.000.000 en dinero efectivo, que ingresó a la caja social. Se facultó al portador del extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de julio de 2019. Raúl Undurraga Laso.