+ COTAS PET SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de julio de 2019
- Repertorio
- 3169/2019
- Comuna
- Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO VALENZUELA PEREZ, abogado, Notario Interino de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 4 de julio de 2019, ante mí, Repertorio 3169/2019: doña MARTA ELOÍSA LEWIN OSORIO, domiciliada en calle El Tranque número once mil trescientos noventa y siete, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y don BERNARD ZILLER LEWIN, representado, por don KONRAD ZILLER LEWIN, ambos domiciliados en calle El Tranque número once mil trescientos noventa y siete, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, exponen: 1) Que mediante escritura pública de fecha nueve de marzo del año dos mil dieciocho, otorgada en la Notaría de Santiago de don Armando Ulloa Contreras, con oficio en Lo Barnechea, Avenida La Dehesa número mil cuatrocientos cincuenta, Local quince A Dos, repertorio seiscientos ochenta y tres guión dos mil dieciocho, modificaron sociedad + COTAS PET SpA, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos cuarenta mil setecientos setenta y cinco guion tres, constituida el veintiuno de Diciembre del año dos mil quince, ante don Alberto Herman Montauban, suplente del titular de la Primera notaria de Providencia de don Camilo Valenzuela Riveros, inscrito a fojas noventa y siete mil ochenta y dos número cincuenta y seis mil novecientos diecisiete, del Registro de Comercio de Santiago del año dos mil quince; 2) Por un error involuntario la modificación recién señalada no fue publicada ni inscrita dentro de los plazos que estipula la ley, en efecto, a la fecha del presente instrumento dicho extracto no ha sido publicado en el Diario Oficial ni inscrito en el Registro de Comercio.- 3) En consecuencia, la escritura de modificación social citada contiene un cumplimiento imperfecto de una de las menciones que la Ley ordena incluir en la respectiva escritura, relativa a la publicación en el Diario Oficial de su extracto e inscripción del mismo en el Registro de Comercio respectivo, toda vez que ésta no se efectuó dentro del plazo legal.- 4) Los comparecientes, vienen a acogerse a lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, y sanear el vicio de nulidad por la no publicación e inscripción oportuna del extracto de la escritura de modificación social de fecha nueve de marzo del año dos mil dieciocho, otorgada en la notaria de Armando Ulloa Contreras.- Santiago, 4 de julio de 2019.-cr.