MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

TRANSPORTE AÉREO Y MARÍTIMO S.A.

RUT 96613570-0 CVE 1628766
Capital
$284.859 CLP
Fecha instrumento
27 de junio de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de junio de 2019
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$284.859 CLP
Ley aplicable
Ley Nº 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979 of. 501, Santiago, certifica: que se redujo a escritura pública de esta fecha, ante mí, el acta de la Octava Junta General Extraordinaria de Accionistas de TRANSPORTE AÉREO Y MARÍTIMO S.A., celebrada el 27 de junio de 2019, en la que se acordó: 1. Aprobar la capitalización de la cuenta de revalorización del capital que asciende a la suma de $284.859.637 al 31 de diciembre del año 2018, aumentando de esta forma el capital de la sociedad en la cantidad de $284.859.637, esto es de la cantidad de $20.114.425.572, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado, dividido en 709.910.000 acciones nominativas, de una sola y única serie y sin valor nominal, a la cantidad de $20.399.285.209.-, sin modificar el número de acciones; 2. Aprobar un segundo aumento de capital social, en la suma de $121.077.734.-, esto es, de la cantidad de $20.399.285.209.-, dividido en 709.910.000 acciones nominativas y sin valor nominal, a la suma de $20.520.362.943.-, dividido en 830.987.734 acciones de nominativas sin valor nominal, mediante la emisión de 121.077.734 acciones de pago que fueron suscritas y pagadas íntegramente por el accionista Inmobiliaria e Inversiones Río Claro S.A. mediante la capitalización de un crédito que posee en contra de la sociedad por la suma de $121.077.734.; y 3. Aprobar la terminación de la sociedad, y su consecuente disolución, a partir del 31 de agosto de 2019, subsistiendo ésta como persona jurídica, con posterioridad a la fecha indicada, para el sólo efecto de su liquidación, la que se realizará de acuerdo a lo estipulado en los estatutos de la sociedad y, en su silencio, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 18.046 y su Reglamento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de julio de 2019.