CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD HOTELERA Y DE TURISMMO CHANAGUA SpA

CVE 1628576
Capital
$20.000 CLP
Fecha instrumento
2 de julio de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
2 de julio de 2019
Repertorio
32583-2019
Notario
ibutario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos
Oficio
trigésimo octava Notaría de esta ciudad

Sociedad

Capital
$20.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de La Ligua
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) adquirir, enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes inmuebles, bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; b) las inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; c) servicios de hoteles, actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas y suministro de comidas por encargo y banquetearía; d) servicios de agencias de viajes; e) servicios de transporte a turistas, f)) venta al por menor de recuerdos, artesanías y productos agrícolas; g) alquiler de bienes inmuebles amoblados o con equipos y maquinarias; e) servicios de masajes, estética y tratamientos saludables; h) la representación de empresas extranjeras o nacionales, de marcas, entidades, de personas naturales o jurídicas; i) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y, en general, ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos que directa o indirectamente digan relación con los objetos sociales y que sean conducentes, útiles o necesarios a la consecución de los fines sociales y en general realizar cualquier otra actividad que los accionistas acuerden. El capital El capital de la Sociedad es la suma de 20.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que se suscriben, pagan y pagarán de la siguiente forma: (i) Consultoría Madrid y Asociados Limitada, suscribe 500 acciones a un precio de suscripción de 20.000 pesos por acción, lo que hace un total de 10.000.000 de pesos, los cuales deberá pagar en el plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad, en dinero efectivo. (ii) Inversiones García y Asociados Limitada, suscribe 500 acciones, a un precio de suscripción de 20.000 pesos por acción, lo que hace un total de 10.000.000 de pesos, los cuales deberá pagar en el plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad, en dinero efectivo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la trigésimo octava Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, quinto piso, certifica que: Por escritura de esta fecha, ante mí, Repertorio 32.583-2019 Consultoría Madrid y Asociados Limitada, e Inversiones García y Asociados Limitada, todos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Varas número 303 oficina 207, comuna de Providencia, Santiago, constituyeron una sociedad por acciones, la que se regirá por las siguientes estipulaciones estatutarias, y en su silencio, por los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, u otras que se dicten para las sociedades por acciones y, a falta de ellas, las especiales sobre sociedades anónimas cerradas, en cuanto no se contrapongan a lo establecido en los siguientes estatutos. Nombre: El nombre de la sociedad será “SOCIEDAD HOTELERA Y DE TURISMMO CHANAGUA SpA”, pudiendo utilizar indistintamente incluso ante Bancos, instituciones públicas y para fines publicitarios el nombre de fantasía de CHANAGUA, CHANAGUA SpA o TURISMO CHANAGUA. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de La Ligua, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. El objeto: El objeto de la sociedad será: a) adquirir, enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes inmuebles, bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; b) las inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; c) servicios de hoteles, actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas y suministro de comidas por encargo y banquetearía; d) servicios de agencias de viajes; e) servicios de transporte a turistas, f)) venta al por menor de recuerdos, artesanías y productos agrícolas; g) alquiler de bienes inmuebles amoblados o con equipos y maquinarias; e) servicios de masajes, estética y tratamientos saludables; h) la representación de empresas extranjeras o nacionales, de marcas, entidades, de personas naturales o jurídicas; i) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y, en general, ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos que directa o indirectamente digan relación con los objetos sociales y que sean conducentes, útiles o necesarios a la consecución de los fines sociales y en general realizar cualquier otra actividad que los accionistas acuerden. El capital El capital de la Sociedad es la suma de 20.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que se suscriben, pagan y pagarán de la siguiente forma: (i) Consultoría Madrid y Asociados Limitada, suscribe 500 acciones a un precio de suscripción de 20.000 pesos por acción, lo que hace un total de 10.000.000 de pesos, los cuales deberá pagar en el plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad, en dinero efectivo. (ii) Inversiones García y Asociados Limitada, suscribe 500 acciones, a un precio de suscripción de 20.000 pesos por acción, lo que hace un total de 10.000.000 de pesos, los cuales deberá pagar en el plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad, en dinero efectivo. Demás estipulaciones constan en escritura materia de este extracto. En Santiago a 02 de julio de 2019.