Instrumento
- Repertorio
- 1732-2019
- Notario
- RENATA GONZÁLEZ CARVALLO
- Oficio
- Vigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es: A) La inversión de sus fondos o disponibilidades de liquidez, dentro y fuera del territorio nacional, en acciones, bonos, valores bursátiles, activos financieros o valores mobiliarios, partes de interés, cuotas o participación en sociedades, patrimonios autónomos, empresas unipersonales, o en cualquier entidad jurídica sin importar su naturaleza y cualquier otro valor bursátil o no bursátil, incluidos los portafolios de inversión. B) La inversión de sus fondos de liquidez en bienes muebles o inmuebles ya sean corporales o incorporales, dentro y fuera del país. C) La prestación de servicios y asesorías a cualquier persona. D) En desarrollo de su objeto, la sociedad podrá: uno/ Adquirir, por cualquier título legal, acciones, intereses, participaciones o partes sociales en cualquier tipo de sociedades mercantiles o civiles, ya sea en su constitución o con posterioridad, así como vender, transferir, negociar dichas acciones, intereses, participaciones o partes sociales, incluyendo todo tipo de títulos de crédito, arrendarlos, enajenarlos o gravarlos, usufructuarlos y darlos en garantía; dos/ Girar, aceptar, endosar, cobrar y pagar toda clase de títulos valores; tres/ Tomar dinero en mutuo con o sin interés o darlo en mutuo con o sin intereses; cuatro/ Celebrar el contrato de seguro, cuentas en participación, contratos con entidades bancarias y)o financieras y celebrar todas las operaciones de crédito que le permitan obtener los fondos u otros activos necesarios para el desarrollo de la empresa; cinco/ Constituir sociedades anónimas, limitadas, en comandita simple o por acciones, compañías filiales, empresas unipersonales o cualquier otra forma que se cree por la ley, para el establecimiento y explotación de empresas destinadas a la realización de cualesquiera actividades, para lo cual podrá hacer aportes en dinero, en especie o en servicios; seis/ Adquirir patentes, nombres comerciales, marcas y demás derechos de propiedad industrial o de servicios y adquirir u otorgar concesiones para su desarrollo, explotar marcas, nombres comerciales, patentes, invenciones o cualquier otro bien incorporal; siete/ Realizar donaciones a personas naturales o jurídicas; ocho/ Fusionarse con o escindirse en otra u otras sociedades, nacionales o extranjeras. En general, la sociedad podrá celebrar, realizar o ejecutar toda clase de actos, contratos u operaciones sobre bienes muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, de carácter civil o comercial, relacionados con su objeto social y los que tengan como finalidad ejercer los derechos y cumplir las obligaciones legales o convencionales, derivadas de la existencia y de las actividades desarrolladas por la compañía. E) El otorgamiento de créditos, así como la celebración de arrendamiento financiero y)o factoraje financiero en forma habitual y profesional. F) Sin limitar la generalidad de lo anterior, el objeto de la Sociedad incluirá: uno/ Emitir, suscribir, endosar, otorgar y protestar todo tipo de títulos de crédito, otorgar avales, garantías, fianzas y cualquier otro título o documento permitido por la ley, con la participación, en su caso, de personas e instituciones nacionales y extranjeras; dos/ Adquirir, emitir y ofrecer valores al público, en términos de las disposiciones aplicables; tres/ Adquirir, enajenar, arrendar, subarrendar, y otorgar los derechos de uso, goce y disposición, y en general la explotación de cualquier bien mueble o inmueble, incluyendo sus componentes y accesorios; cuatro/ Celebrar cualesquiera contratos y convenios con los gobiernos y autoridades locales, municipales o federales, con cualquier persona moral ya sea pública o privada, incluyendo las afiliadas y subsidiarias de la Sociedad, y con personas físicas nacionales o extranjeras; cinco/ Celebrar operaciones con todo tipo de valores y operaciones financieras derivadas, incluyendo enunciativa más no limitativamente la realización de operaciones: de reporto sobre títulos o valores, o relativas a la cobertura de riesgos en materia cambiaria y de tasas; seis/ Administrar cartera crediticia de terceros; siete/ Realizar operaciones de compra y)o venta de cartera crediticia, incluyendo enunciativa más no limitativamente, respecto de cartera morosa derivada de las actividades propias de la Sociedad; ocho/ Realizar operaciones de cesión, otorgamiento en garantía y afectación en fideicomiso de la cartera crediticia propiedad de la Sociedad, incluyendo enunciativa más no limitativamente a aquellas celebradas con; el propósito de garantizar el cumplimiento de obligaciones contraídas por la Sociedad con terceras personas, o para que la cartera crediticia sea cedida como fuente de pago de créditos contratados por la Sociedad; Realizar y certificar avalúos sobre bienes muebles e inmuebles relacionados directamente con su objeto social, o bien, que reciban en garantía o en pago; nueve/ Obtener todo tipo de préstamos y otorgar garantías respecto de cualquier obligación, ya sea de la Sociedad o de cualquier sociedad, fideicomiso o estructura en cuyo capital la Sociedad participe en forma mayoritaria y)o que la Sociedad controle; diez/ Celebrar directa o indirectamente contratos de fideicomiso, adquirir derechos fideicomisarios en Chile o el extranjero y actuar como fiduciaria en términos de las disposiciones legales aplicables; once/ Establecer, arrendar, operar y poseer oficinas, instalaciones, y agencias en Chile o en el extranjero; doce/ Representar como agente, comisionista, consignataria, intermediario, mediador o representante en Chile o en el extranjero de empresas industriales, comerciales o de servicios, ya sean nacionales o extranjeras, pudiendo gestionar créditos, dar o tomar dinero en préstamo, con o sin garantía; trece/ Registrar, adquirir, arrendar, ceder, renovar, comprobar el uso y disponer de marcas, patentes, certificados de invención, nombres comerciales, dibujos industriales, avisos comerciales, registros de modelos, derechos de autor, invenciones y procesos; catorce/ Contratar seguros de garantía financiera con sociedades nacionales o extranjeras, así como obtener cualquier otro tipo de garantía respecto de sus obligaciones; quince/ Promover, constituir, organizar, explotar, adquirir, y participar en todo tipo de sociedades, asociaciones y empresas mercantiles o civiles, ya sean nacionales o extranjeras, de cualquier tipo, y participar en su administración o liquidación. G) En general, realizar todo tipo de actos, celebrar todo tipo de contratos y convenios, así como operaciones de cualquier naturaleza en los términos de la legislación aplicable
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá con las más amplias atribuciones, a don Franklin Manuel Bratta Goyo, a don Edgar José Díaz Cañizales y a don Alejandro Manuel Piña Durán, separada e indistintamente. Ejercerán la representación por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública. No será necesario ni requisito esencial que el administrador sea ratificado por la Junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRENATA GONZÁLEZ CARVALLO, Notario Público Titular de la Vigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Catedral Nº 1265, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 23 de julio del 2019 ante mí, Repertorio N°1.732-2019, don FRANKLIN MANUEL BRATTA GOYO, venezolano, soltero, ingeniero civil mecánico, C.I.Nº 25.375.501-6 Ext, domiciliado en Laredo N°8497, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don EDGAR JOSÉ DÍAZ CAÑIZALES, venezolano, soltero, ingeniero, C.I.Nº 25.374.083-3 Ext., domiciliado en Verbenas N° 8853, departamento 207, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y don ALEJANDRO MANUEL PIÑA DURÁN, venezolano, soltero, ingeniero, Pasaporte Nº 088556697 de la República Bolivariana de Venezuela, y C.I. Nº 25.374.083-3 Ext, domiciliado en José Luis Araneda N° 90, departamento 1094, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: El nombre de la sociedad será “LEVEL CAPITAL SpA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que puedan establecerse en otros puntos del país o del extranjero, en donde podrá desarrollar o llevar a cabo sus actividades. Objeto: El objeto de la sociedad es: A) La inversión de sus fondos o disponibilidades de liquidez, dentro y fuera del territorio nacional, en acciones, bonos, valores bursátiles, activos financieros o valores mobiliarios, partes de interés, cuotas o participación en sociedades, patrimonios autónomos, empresas unipersonales, o en cualquier entidad jurídica sin importar su naturaleza y cualquier otro valor bursátil o no bursátil, incluidos los portafolios de inversión. B) La inversión de sus fondos de liquidez en bienes muebles o inmuebles ya sean corporales o incorporales, dentro y fuera del país. C) La prestación de servicios y asesorías a cualquier persona. D) En desarrollo de su objeto, la sociedad podrá: uno/ Adquirir, por cualquier título legal, acciones, intereses, participaciones o partes sociales en cualquier tipo de sociedades mercantiles o civiles, ya sea en su constitución o con posterioridad, así como vender, transferir, negociar dichas acciones, intereses, participaciones o partes sociales, incluyendo todo tipo de títulos de crédito, arrendarlos, enajenarlos o gravarlos, usufructuarlos y darlos en garantía; dos/ Girar, aceptar, endosar, cobrar y pagar toda clase de títulos valores; tres/ Tomar dinero en mutuo con o sin interés o darlo en mutuo con o sin intereses; cuatro/ Celebrar el contrato de seguro, cuentas en participación, contratos con entidades bancarias y/o financieras y celebrar todas las operaciones de crédito que le permitan obtener los fondos u otros activos necesarios para el desarrollo de la empresa; cinco/ Constituir sociedades anónimas, limitadas, en comandita simple o por acciones, compañías filiales, empresas unipersonales o cualquier otra forma que se cree por la ley, para el establecimiento y explotación de empresas destinadas a la realización de cualesquiera actividades, para lo cual podrá hacer aportes en dinero, en especie o en servicios; seis/ Adquirir patentes, nombres comerciales, marcas y demás derechos de propiedad industrial o de servicios y adquirir u otorgar concesiones para su desarrollo, explotar marcas, nombres comerciales, patentes, invenciones o cualquier otro bien incorporal; siete/ Realizar donaciones a personas naturales o jurídicas; ocho/ Fusionarse con o escindirse en otra u otras sociedades, nacionales o extranjeras. En general, la sociedad podrá celebrar, realizar o ejecutar toda clase de actos, contratos u operaciones sobre bienes muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, de carácter civil o comercial, relacionados con su objeto social y los que tengan como finalidad ejercer los derechos y cumplir las obligaciones legales o convencionales, derivadas de la existencia y de las actividades desarrolladas por la compañía. E) El otorgamiento de créditos, así como la celebración de arrendamiento financiero y/o factoraje financiero en forma habitual y profesional. F) Sin limitar la generalidad de lo anterior, el objeto de la Sociedad incluirá: uno/ Emitir, suscribir, endosar, otorgar y protestar todo tipo de títulos de crédito, otorgar avales, garantías, fianzas y cualquier otro título o documento permitido por la ley, con la participación, en su caso, de personas e instituciones nacionales y extranjeras; dos/ Adquirir, emitir y ofrecer valores al público, en términos de las disposiciones aplicables; tres/ Adquirir, enajenar, arrendar, subarrendar, y otorgar los derechos de uso, goce y disposición, y en general la explotación de cualquier bien mueble o inmueble, incluyendo sus componentes y accesorios; cuatro/ Celebrar cualesquiera contratos y convenios con los gobiernos y autoridades locales, municipales o federales, con cualquier persona moral ya sea pública o privada, incluyendo las afiliadas y subsidiarias de la Sociedad, y con personas físicas nacionales o extranjeras; cinco/ Celebrar operaciones con todo tipo de valores y operaciones financieras derivadas, incluyendo enunciativa más no limitativamente la realización de operaciones: de reporto sobre títulos o valores, o relativas a la cobertura de riesgos en materia cambiaria y de tasas; seis/ Administrar cartera crediticia de terceros; siete/ Realizar operaciones de compra y/o venta de cartera crediticia, incluyendo enunciativa más no limitativamente, respecto de cartera morosa derivada de las actividades propias de la Sociedad; ocho/ Realizar operaciones de cesión, otorgamiento en garantía y afectación en fideicomiso de la cartera crediticia propiedad de la Sociedad, incluyendo enunciativa más no limitativamente a aquellas celebradas con; el propósito de garantizar el cumplimiento de obligaciones contraídas por la Sociedad con terceras personas, o para que la cartera crediticia sea cedida como fuente de pago de créditos contratados por la Sociedad; Realizar y certificar avalúos sobre bienes muebles e inmuebles relacionados directamente con su objeto social, o bien, que reciban en garantía o en pago; nueve/ Obtener todo tipo de préstamos y otorgar garantías respecto de cualquier obligación, ya sea de la Sociedad o de cualquier sociedad, fideicomiso o estructura en cuyo capital la Sociedad participe en forma mayoritaria y/o que la Sociedad controle; diez/ Celebrar directa o indirectamente contratos de fideicomiso, adquirir derechos fideicomisarios en Chile o el extranjero y actuar como fiduciaria en términos de las disposiciones legales aplicables; once/ Establecer, arrendar, operar y poseer oficinas, instalaciones, y agencias en Chile o en el extranjero; doce/ Representar como agente, comisionista, consignataria, intermediario, mediador o representante en Chile o en el extranjero de empresas industriales, comerciales o de servicios, ya sean nacionales o extranjeras, pudiendo gestionar créditos, dar o tomar dinero en préstamo, con o sin garantía; trece/ Registrar, adquirir, arrendar, ceder, renovar, comprobar el uso y disponer de marcas, patentes, certificados de invención, nombres comerciales, dibujos industriales, avisos comerciales, registros de modelos, derechos de autor, invenciones y procesos; catorce/ Contratar seguros de garantía financiera con sociedades nacionales o extranjeras, así como obtener cualquier otro tipo de garantía respecto de sus obligaciones; quince/ Promover, constituir, organizar, explotar, adquirir, y participar en todo tipo de sociedades, asociaciones y empresas mercantiles o civiles, ya sean nacionales o extranjeras, de cualquier tipo, y participar en su administración o liquidación. G) En general, realizar todo tipo de actos, celebrar todo tipo de contratos y convenios, así como operaciones de cualquier naturaleza en los términos de la legislación aplicable. Capital: $1.200.000.- dividido en 1.200 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de la siguiente forma: a) don FRANKLIN MANUEL BRATTA GOYO suscribe 400 acciones, las cuales paga con la suma total de $400.000.- al contado y en dinero efectivo, ingresándolo en este acto a la caja social, b) don EDGAR JOSÉ DÍAZ CAÑIZALES suscribe 400 acciones, las cuales paga con la suma total de $400.000.- al contado y en dinero efectivo, ingresándolo en este acto a la caja social - al contado y en dinero efectivo, ingresándolo en este acto a la caja social, y c) don ALEJANDRO MANUEL PIÑA DURÁN suscribe 400 acciones, las cuales paga con la suma total de $400.000.- al contado y en dinero efectivo, ingresándolo en este acto a la caja social - al contado y en dinero efectivo, ingresándolo en este acto a la caja social Así la totalidad de las acciones emitidas se tienen por totalmente suscritas y pagadas según lo indicado precedentemente. Accionistas limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Duración: indefinida. Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá con las más amplias atribuciones, a don Franklin Manuel Bratta Goyo, a don Edgar José Díaz Cañizales y a don Alejandro Manuel Piña Durán, separada e indistintamente. Ejercerán la representación por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública. No será necesario ni requisito esencial que el administrador sea ratificado por la Junta de Accionistas. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. - Santiago, 25 de Julio del 2019.-