ENERGÍA EÓLICA PAPOSO SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de julio de 2019
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
Artículo Octavo: Sin perjuicio de las materias que correspondan a la Junta de Accionistas o a la totalidad de los accionistas actuando conjuntamente, la administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán al accionista NORGENER RENOVABLES SpA /el “Administrador”/ quien tendrá todas las facultades de administración y disposición que la ley o estos estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, incluso para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan poder especial. El Administrador podrá actuar por medio de uno o más apoderados que designe especialmente para este efecto, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social. No obstante lo anterior, se deja constancia que los apoderados designados por el Administrador para dicho efecto se entenderán facultados para administrar la Sociedad, hacer uso de su razón social y representarla desde la fecha de la escritura de su designación, aun antes de que se tome nota de dicha escritura al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979 of. 501, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 2 de julio de 2019, otorgada ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, NORGENER RENOVABLES SpA domiciliada para estos efectos en Rosario Norte número 532, piso 19, comuna de Las Condes, único y actual accionista de ENERGÍA EÓLICA PAPOSO SpA (en adelante, la “Sociedad”), la que se encuentra inscrita a fojas 26.392, número 13.322 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2019, modificó la administración de la Sociedad, sustituyendo el Título Tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “TÍTULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN. Artículo Octavo: Sin perjuicio de las materias que correspondan a la Junta de Accionistas o a la totalidad de los accionistas actuando conjuntamente, la administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán al accionista NORGENER RENOVABLES SpA /el “Administrador”/ quien tendrá todas las facultades de administración y disposición que la ley o estos estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, incluso para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan poder especial. El Administrador podrá actuar por medio de uno o más apoderados que designe especialmente para este efecto, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social. No obstante lo anterior, se deja constancia que los apoderados designados por el Administrador para dicho efecto se entenderán facultados para administrar la Sociedad, hacer uso de su razón social y representarla desde la fecha de la escritura de su designación, aun antes de que se tome nota de dicha escritura al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 9 de julio de 2019.